Hechos cometidos por personas con trastornos mentales en el Gran Santo Domingo

¿Qué establece el Código Penal dominicano sobre inimputabilidad por trastornos mentales?
Santo Domingo.-El brutal ataque a puñaladas ocurrido el pasado miércoles en un edificio residencial del sector Naco, donde una mujer perdió la vida y otras cinco resultaron heridas, enciende las alarmas y se suma a una serie de hechos violentos cometidos por personas con trastornos mentales en distintas zonas del país, especialmente en el Gran Santo Domingo.
El agresor, identificado como Jean Andrés Pumarol Fernández, irrumpió en un apartamento del edificio Navo IV y atacó sin mediar palabras a sus vecinos, a quienes tocó la puerta previamente.
La víctima fatal fue identificada como Yolanda Handal Abugabil, de 70 años. Los heridos son: Teresa Fabián Heredia, de 70 años y empleada doméstica; Francisco Texano, de 68; Griselda Ozuna, de 48; Victoria Heredia, de 36; y Guillermo Pumarol, de 62 años, padre del agresor.
La familia Pumarol Fernández se pronunció públicamente tras el trágico hecho, confirmando que Jean Andrés padecía desde hace años una condición psiquiátrica y se encontraba bajo tratamiento y seguimiento médico constante, lo que le había permitido llevar una vida funcional durante más de una década.
Casos similares recientes en Santo Domingo
En mayo de este mismo año, otra mujer fue ultimada a puñaladas por Elizabeth Arias, quien padece trastornos mentales. El hecho ocurrió en el residencial Juan Pablo I, en el municipio Santo Domingo Norte. Testigos narraron que la víctima fue atacada por la espalda cuando se dirigía a su trabajo. Arias fue detenida en el lugar por miembros de la Policía Nacional.
Uno de los casos más estremecedores se registró en agosto de 2024, cuando la teniente médico Ana Josefa García Cuello, de 44 años, decapitó a su hija de seis años dentro de su residencia en Santo Domingo Este.

Al momento de su detención, la mujer —quien según su pareja estaba recibiendo tratamiento tras un episodio de esquizofrenia— dijo a los medios que: “Fue Dios que me dijo que cogiera el cuchillo” para cometer el crimen.
Días después del hecho, el Juzgado de Atención Permanente del distrito judicial de Santo Domingo Este, atendiendo la solicitud del Ministerio Público, impuso 12 meses de prisión preventiva, que cumple en el Centro Penitenciario Najayo Mujeres, mientras el Ministerio Público continúa con las investigaciones para esclarecer los hechos.
¿Qué establece el Código Penal dominicano sobre inimputabilidad por trastornos mentales?
Cuando una persona con problemas mentales, certificada por un especialista en salud conductual y que se encuentra bajo tratamiento médico, comete un hecho que provoca la muerte de otra, no hay crimen ni delito. En estos casos, la persona es considerada inimputable, de acuerdo con las leyes dominicanas.
Según el Código Penal, “cuando al momento de cometer la acción, el inculpado se encontraba en estado de demencia, o fue impulsado por una fuerza a la que no pudo resistirse, no hay crimen ni delito”.
Un tribunal debe determinar si la persona que cometió el acto es imputable o inimputable, explicó el jurista Enmanuel Pimentel. En estos casos, se lleva a cabo un proceso especial para establecer la responsabilidad penal del individuo.
El abogado agregó que, si mediante una evaluación psiquiátrica forense se demuestra que la persona no comprendía la ilicitud de su acción, se le declara inimputable. En lugar de una pena, se le impone una medida de seguridad, como el internamiento en un centro psiquiátrico.
Estas medidas son revisadas periódicamente hasta que se determine que ha desaparecido el estado de peligrosidad del individuo.
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Joan Vargas
Joan Kennedy Vargas, periodista dominicano. Cubre la fuente de la Presidencia de la República, Policía, Fuerzas Armadas y DNCD.