El proyecto de reforma de la ley electoral aprobado ya por el Senado de la República tiene aspectos abiertamente inconstitucionales.
El Congreso tiene la obligación de cuidarse de no hacer el mismo ridículo que se hizo en el pasado con la ley vigente, que fue prácticamente despiezada por el Tribunal Constitucional pese a las muchas advertencias que se hicieron durante el proceso de discusión.
Llama la atención que entre los señalamientos hechos por la Junta Central Electoral no se encuentren algunos aspectos que tienen que ver con la libertad de prensa y de empresa.
El numeral 8 del artículo 20 del proyecto aprobado por el Senado faculta al pleno de la Junta Central Electoral para reglamentar las tarifas publicitarias privadas de los espacios con contenidos políticos.
En otras palabras, le da la facultad a un órgano estatal de fijar las tarifas de la publicidad política en los medios privados.
Además contiene otros aspectos que abren las puertas para posibles mordazas.
El Capítulo IV de ese proyecto convierte a la Junta Central Electoral en un censor, facultado de manera administrativa para determinar si una expresión es ofensiva y sancionar por ello, como si eso no fuera facultad de un tribunal.
Eviten la aprobación de otro tollo.