Santo Domingo.- A partir del próximo primero de marzo inicia la veda de captura y comercialización de cangrejos en todo el territorio nacional, según establece el Decreto No 6-18, en sus artículos 1 al 5, de fecha 5 de enero del año 2018.
Durante este período que culmina el 30 de junio, se prohíbe la captura, procesamiento y comercialización de las especies de cangrejos: Cardisoma guanhumi (Paloma de Cueva); Ucides cordatus (Zumbá o Pelú); Gecarcinus ruricola (Cangrejo Moro) y Callinectes sapidus (Jaiba Sirica), Gecarcinus Lateralis (Cangrejo Rojo).
Carlos José Then, director ejecutivo de CODOPESCA, explicó que la prohibición para la captura y procesamiento de estas especies marinas serán por los próximos cuatro meses.
“Exhortamos a los propietarios y administradores de supermercados, hoteles, restaurantes, pescaderías y a pescadores y recolectores, abstenerse de capturar, procesar y comercializar estas especies o sus productos durante el período establecido”, indicó.
Los comercios y personas físicas autorizadas para comercio pesquero tienen como límite el día 28 de febrero para vender o consumir todo cangrejo en sus diversas formas y procesos.
Señaló que la verificación de presencia o expendio de este tipo de producto, será considerado ilegal y el mismo será confiscado.
Agregó que la inobservancia e incumplimiento de esta veda está tipificada en la Ley 307-04, como “infracción muy grave” y será sancionada con multas de diez 10 a 200 sueldos mínimos del sector público y/o penas de dos a 10 años de prisión.