Santo Domingo. – La instalación de paneles solares en viviendas, comercios y edificaciones contará con procesos más ágiles, mayor transparencia y mejores condiciones económicas para los usuarios con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Generación Distribuida, aprobado por la Superintendencia de Electricidad (SIE) mediante la Resolución SIE-007-2026-REG.
La nueva normativa, que entrará en vigor a finales de mayo de este año, introduce cambios clave como la digitalización total de los trámites, la reducción del tiempo de respuesta de hasta cuatro meses a un máximo de 45 días, con aprobación automática si no hay respuesta, la eliminación del límite de penetración del 15 % por circuito y el reconocimiento del 100 % del crédito anual por la energía excedente inyectada a la red.
El reglamento responde al crecimiento acelerado de la generación distribuida y al aumento de usuarios que producen parte o la totalidad de la energía que consumen, en un contexto donde se proyecta que las energías renovables representen cerca del 30 % de la matriz eléctrica nacional para el año 2030, lo que hace imprescindible un marco regulatorio moderno y ajustado a la nueva realidad del sector.
Entre las principales mejoras también se establece la instalación sin costo del medidor bidireccional por parte de la empresa distribuidora. En caso de que el usuario decida adquirirlo directamente, el reglamento dispone su reembolso, previa verificación por parte del Instituto Dominicano para la Calidad (Indocal).
Asimismo, las empresas distribuidoras deberán desarrollar plataformas digitales que permitan a los usuarios dar seguimiento en línea y de forma transparente a sus solicitudes, fortaleciendo la trazabilidad y reduciendo la discrecionalidad en los procesos.
La normativa permite además optar por la modalidad de no inyección de excedentes, siempre que se notifique previamente a la empresa distribuidora, sin que ello represente costos adicionales para el usuario.
En cuanto al uso de las redes eléctricas, el reglamento establece un cargo por derecho de uso a favor de la distribuidora, aplicable únicamente a usuarios con demanda menor a 10 kW, como reconocimiento a los costos de mantenimiento y operación de las redes, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema eléctrico a largo plazo.
La SIE aclaró que el nuevo reglamento no tendrá efecto retroactivo, por lo que los usuarios con contratos de interconexión vigentes mantendrán todas sus condiciones actuales hasta el vencimiento de dichos acuerdos.