Una puntualización oportuna de la JCE

Una puntualización oportuna de la JCE

Una puntualización oportuna de la JCE

El presidente de la Junta Central Electoral fue muy explícito y claro ayer al explicar que ese organismo no le ha negado la cédula a Juliana Deguis, una hija de padres haitianos residentes en el país de manera ilegal y a la que la ley 169-14 aprobada el mes pasado le concedió la posibilidad de adquirir la nacionalidad dominicana.

Deguis fue a retirar su acta de nacimiento, documento indispensable para solicitar la cédula. Ahora bien, como en cualquier otro caso la primera cédula no se concede de inmediato, pues eso requiere un proceso de validación por parte de la JCE. A todos los dominicanos que solicitan la primera cédula se les da un plazo de hasta tres semanas para recibirla, entonces ¿porqué el escarseo?

El reglamento

Para los que andan muy pendientes de desacreditar el país deben tener en cuenta que aún está sin promulgar el reglamento para la aplicación de la ley 169-14, por lo tanto todavía a nadie se le pueden conceder los beneficios de esa legislación, aunque califique.

La sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional mandó a la Junta Central Electoral a entregarle el acta de nacimiento a las personas ya asentadas en el Registro Civil indicando que la nulidad de la misma quien debe pronunciarla es un tribunal. Eso fue lo que hizo la JCE con Deguis.

Documento disponible

Desde hace varios meses la JCE había dispuesto entregarle el acta de nacimiento a Deguis e incluso se lo comunicó oficialmente, pero ella aconsejada por sus abogados no la había ido a retirar, lo cual hizo el lunes pasado.

Todos los que califiquen para acogerse a los beneficios de la ley 169-14 deben someterse a los procedimientos que la misma legislación establece y los Poderes Públicos tienen que actuar conforme a lo establecido por las legislaciones dominicanas, pues no todo el que diga calificar para esos beneficios necesariamente califica.



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