Un juzgado español archiva una demanda contra Meliá por dos hoteles en Cuba

Un juzgado español archiva una demanda contra Meliá por dos hoteles en Cuba

Un juzgado español archiva una demanda contra Meliá por dos hoteles en Cuba

La jueza sostiene que como la empresa mallorquina fue autorizada por Cuba para explotar los terrenos expropiados.

Palma (España).- Una jueza ha archivado en España una demanda de herederos del propietario de unos terrenos expropiados en Cuba donde la cadena española Meliá tiene actualmente dos hoteles.

Esta nueva resolución llega después de que la Audiencia Provincial de las Islas Baleares (Mediterráneo) ordenara reabrir la causa para ampliar la demanda a fin de incluir a Cuba en el procedimiento, aunque el Estado cubano no se ha personado en la causa.

La magistrada de Palma, capital de las islas, recuerda en una interlocutoria que en 1959 se instauró en Cuba un nuevo régimen político encabezado por Fidel Castro, quien decidió nacionalizar bienes y empresas de personas naturales o jurídicas de nacionalidad cubana.

Con una ley que el escrito judicial califica de “ilegítima” y que entró en vigor en 1960, Cuba confiscó terrenos de la empresa Santa Lucía Company S.A. y de la sociedad civil Sánchez Hermanos, cuya actividad estaba vinculada a la explotación de la caña de azúcar en Playa Esmeralda.

Cerca de tres décadas después de la confiscación, la hotelera española con sede central en la isla balear de Mallorca obtuvo de Cuba una autorización para explotar los terrenos expropiados, que en la actualidad pertenecen a la sociedad Gaviota S.A., propiedad del Estado cubano.

El escrito judicial señala que en estos terrenos se han levantado hoteles de los que Meliá ha obtenido beneficios económicos durante las últimas décadas, a pesar de las reclamaciones de empresas y familias a las que se confiscaron.

La jueza sostiene que como la empresa mallorquina fue autorizada por Cuba para explotar los terrenos expropiados, habría que valorar lo que llevó a la nacionalización de estas tierras y no a los actuaciones producidas con posterioridad.

A la vez que sostiene que se ha formulado una demanda contra el Estado de Cuba y recuerda que el derecho interno establece la prerrogativa de un Estado, organización o persona de no ser demandado ni enjuiciado por los órganos jurisdiccionales de otro Estado.

Por ello, ha argumentado la falta de jurisdicción que tienen los tribunales civiles españoles para resolver la demanda presentada por herederos de estas tierras expropiadas, a raíz de un informe solicitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Pese a que la reclamación va contra una persona jurídica privada domiciliada en Mallorca autorizada para explotar los terrenos, la magistrada ha incidido en que las pretensiones de los demandantes no son los negocios concertados a Meliá, sino la declaración de ilegal del título de propiedad que Cuba ostenta sobre estas tierras expropiadas.

En cuanto a la cadena Meliá, los herederos reclaman que entregue los beneficios obtenidos de la explotación de sus dos hoteles en los últimos cinco años.

Según la jueza, el único argumento que puede legitimar a los herederos para reclamar una compensación es la reivindicación de un derecho de propiedad o de posesión de los terrenos que se debería considerar subsistente, a causa de la naturaleza ilícita de la nacionalización.