TSE se declara incompetente para conocer cambio de nombres de ciudadanos

TSE se declara incompetente para conocer cambio de nombres de ciudadanos

TSE se declara incompetente para conocer cambio de nombres de ciudadanos

Román Jáquez

El pleno del Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer los expedientes de cambios de nombres de los ciudadanos del país que lo deseen por cualquier razón.

Los jueces del tribunal adoptaron su decisión, alegando en su Ley Orgánica 29-11, en el artículo 13 numeral 6, establece competencia para “conocer de las rectificaciones de las actas del Estado Civil que tengan carácter judicial, de conformidad con las leyes vigentes. Las acciones de rectificación serán tramitadas a través de las Juntas Electorales de cada municipio y el Distrito Nacional”.

La sentencia de rectificación TSE 3999-2017 del 22 de agosto emitida al respecto indica “que la solicitud del cambio de nombres no constituye una rectificación de Acta del Estado Civil, sino la sustitución de un nombre por otro, lo que al tenor de la ley es una competencia atribuida al Poder Ejecutivo”.

Por tal razón, el Tribunal Superior Electoral juzgó que “no puede atribuirse competencia para el cambio de nombre, sin existir una disposición legal que así lo disponga”, evitando con ello “una violación a una regla de atribución”.



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