TSE debe cuidarse de excesos y del populismo
La Constitución establece que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.
Y agrega que es función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.
Además de la separación e independencia de los poderes públicos, es decir, del Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, existen otros fácticos, hegemonizados en el Municipal, la Junta Central Electoral (JCE) y los tribunales Constitucional (TC), Superior Electoral (TSE) y Superior Administrativo (TSA).
En este proceso de fortalecimiento de la democracia que vive el país, se podría afirmar que los llamados poderes fácticos han desempeñado un rol que, en sentido general, se corresponde con ciertas aspiraciones y expectativas del pueblo dominicano, que procura la construcción de una sociedad cada vez más avanzada, justa y democrática como soñaron Juan Pablo Duarte y los demás fundadores de la República.
Sin embargo, en el caso particular del TSE hay que hacer algunas acotaciones. De un lado, ha logrado acelerar el conocimiento de las controversias electorales, lo cual es bueno; pero, por el otro, ha abierto el camino para el al populismo jurídico en ese ámbito, que no resulta nada saludable para el ejercicio de una adecuada democracia electoral.
Esta última exige de prudencia, de la aceptación de las normas y de que las decisiones institucionales y jurisdiccionales se produzcan en el marco de la realidad de cada sociedad
En el orden anterior, el presidente del referido órgano, Román JáquezLiranzo, fijó para para mañana martes el conocimiento de una acción de amparo interpuesta por el partido Frente Amplio en contra del presidente Danilo Medina y la directora del Plan Social de la Presidencia, Iris Guaba
. Autorizó a la organización política a emplazar al mandatario y a la funcionaria pública, para que comparezcan a la audiencia en la que se conocerá la instancia.
Indudablemente que se trata de un exceso y de una falta de prudencia la autorización a la citación de Medina, no por él en particular, sino a la figura del Presidente de la República, que en sociedades democráticas tiene un simbolismo relevante. En lo adelante, por cualquier situación irrelevante se estaría llamando al Jefe del Estado a comparecer por ante los tribunales.
Observemos que hasta la JCE, que ha desempeñado un rol zigzagueante, tratando estar a favor de todo el mundo y en contra de nadie durante el actual proceso electoral; se ha cuidado de no violentar la fina línea de la separación de los poderes públicos enarbolada hace más de dos siglos por Charles Louis de Montesquieu.
En su teoría de la separación de los poderes del Estado, el filósofo y jurista francés sostuvo que la distribución jurídica de las funciones Ejecutiva, Legislativa y Judicial solo podrá limitar el uso arbitrario del poder y salvaguardar la libertad y los derechos de los ciudadanos, si se combina con otro principio basado en su distribución social.
Los actuales jueces del TSE, que han desarrollado una buena labor, deben garantizar su legado, y la mejor manera sería evitando los excesos y populismo jurídico en las tomas de decisiones.
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