Los jueces del Tribunal Constitucional rechazaron el recurso de amparo que buscaba la anulación de la sentencia que reconoce al Estado dominicano su titularidad como propietario de los terrenos de Bahía de las Águilas.
La decisión de esta Alta Corte cierra la vía constitucional para atacar la sentencia a favor del Estado, luego de declarar inadmisible el recurso de revisión presentado contra la resolución emitida por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA).
El recurso de revisión constitucional, buscaba una indemnización y que se reconocieran los derechos de miles de parceleros que según los accionantes habían sido dejados sin protección jurídica. También pretendía la paralización de proyectos turísticos en Pedernales bajo el alegato de que eran ejecutados en parcelas del Instituto Agrario Dominicano y de propietarios de terrenos en Bahía de las Águilas.
Ante esta situación, el Ministerio Público, representado en el abogado del Estado, Gedeón Platón Bautista Liriano, defendió los derechos del Estado en una litis sobre derechos registrados en nulidad de transferencia y deslinde de la Parcela núm. 215-A, ubicada en el Distrito Catastral núm. 3 del municipio Enriquillo, provincia Pedernales, caso Bahía de las Águilas, conocido originalmente por la Jurisdicción Inmobiliaria, cuyas decisiones fueron confirmadas por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia por medio de la Sentencia núm. 918, del 28 de diciembre del año 2018.
El Tribunal Constitucional fue apoderado del recurso de revisión contra la sentencia por supuesto agravio por autoridades del Estado, luego que el TSA, rechazara la acción de los recurrentes.