Santo Domingo.-La Segunda Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona dispuso la nulidad del Acta de Nacimiento del Señor Willian Medina Ferreras porque la misma fue instrumentada sobre bases falsas.
La sentencia del referido tribunal ordena la Nulidad absoluta, del extracto de Acta de Nacimiento, registrada con el Libro No. 00147, Folio No. 0044, Acta No. 000044, del año 1994, a nombre de Willian, expedida por la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del municipio de Cabral, por carecer de valor jurídico y por los motivos antes expuestos.
En el dispositivo de la sentencia, el Tribunal de Primera Instancia de Barahona ratifica “el defecto pronunciado por este Tribunal, en la audiencia del día 25 del mes de Marzo del año 2015, a las 9:00 horas de la mañana, contra la parte demandada, Señor Willian Medina Ferreras, por no haber comparecido a la audiciencia, no obstante haber sido legalmente citada o emplazada.”
Y agrega “ Declara Buena y válida en cuanto a la forma, la presente demanda civil en nulidad de Acta de Nacimiento por Falsedad, incoada por la Junta Central Electoral, debidamente representada por el Dr. Roberto Rosario Márquez atraves de sus abogados, los Dres. Alexis Dicló Garabito, Pedro Reyes Calderon y la Licda. Lucrecia E. Chávez Castillo, en contra del señor Willian Medina Ferreras, por haber sido hecha en tiempo hábil y de conformidad con la ley que rige la materia”.
Asimismo, en cuanto al fondo, establece la sentencia Acoge, la presente demanda civil en Nulidad de Acta de Nacimiento, por falsedad, incoada por la Demandante, Junta Central Electoral debidamente representada por el doctor Roberto Rosario Márquez, atraves de sus abogados, en contra del señor Willian Medina Ferreras, por reposar en base y pruebas legales.
Además declara las costas civiles de oficio y comisiona al Ministerial José Francisco Gómez Polanco, Alguacil de Estrado de la Segunda Sala Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, para la notificación de la presente sentencia, de fecha 15 de junio del año 2015, firmada por la Secretaria del referido tribunal Licenciada Rosario Lugo Santiago.
El Señor que se identificó como “Willian Medina Ferreras” había demandado a la República Dominicana ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Organización de Estados Americanos, OEA, bajo el argumento de que era dominicano de nacimiento y origen, y que había sido deportado arbitrariamente hacia Haití.
Como sustentación de la demanda, la Junta Central Electoral presentó al tribunal declaraciones de varias personas señaladas por Medina Ferreras como sus hermanos, en las cuales estos niegan tal parentesco, rechazando que ese señor sea hijo de sus padres.
En ese sentido se tomó en cuenta que la señora Argentina Medina Ferreras de Medina, después de ver la fotografía de su supuesto hermano, declaró que conocía muy bien a ese señor y que su verdadero nombre era Winet, que en ocasiones visitaba desde Haití a los municipios de Oviedo y Pedernales, y que reside en Anse A Pitre, Haití, de donde es nativo. Otros hermanos de Argentina Medina identificados como Carlos Manuel, Oscar y Mario Medina Ferreras negaron también que Winet, como ellos lo identifican, sea su hermano, reiterando que este es nativo de Haití y que en ocasiones cruza la frontera para visitar personas en Oviedo y Pedernales.