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TC/01225/25: desafío frontal a igualdad en las FF. AA. y la P. N.

El abogado y escritor, Carlos Salcedo. Fuente externa
El abogado y escritor, Carlos Salcedo. Fuente externa

La sentencia TC/01225/25 del Tribunal Constitucional constituye un hito en la protección de la igualdad y la dignidad humana en la Policía Nacional (P. N.) y las Fuerzas Armadas, al declarar inconstitucional la penalización de las relaciones entre personas del mismo sexo en esos cuerpos.

El fallo reafirma el mandato del artículo 39 de la Constitución, que prohíbe toda forma de discriminación, y consolida el carácter vinculante y absoluto de las decisiones constitucionales conforme a los artículos 6, 7 y 184.

La reacción pública del ministro de defensa y del director de la P. N., quienes afirmaron “respetar” la sentencia, pero anunciaron que continuarán aplicando reglamentos internos abiertamente discriminatorios, constituye un desafío institucional de extrema gravedad.

No son simples opiniones administrativas, constituyen un desacato a un mandato constitucional. Además, al declarar que seguirán deliberando conforme a sus normas internas los altos mandos violan los artículos 252 y 255, que prohíben a los cuerpos castrenses y policiales deliberar y les ordenan someterse estrictamente al orden constitucional.

Preocupa la resistencia, frecuente pero velada, de estos cuerpos a decisiones judiciales, y la audacia de hacerlo pública y explícitamente, incluso ante el Presidente de la República, su comandante en jefe y quien juró hacer cumplir la Constitución. Enviar ese mensaje ante la máxima autoridad civil erosiona la subordinación castrense, sugiere que pueden escoger qué mandatos obedecer y tensiona el principio democrático que estructura la institucionalidad republicana.

Este comportamiento entraña responsabilidades diversas, pues la desobediencia deliberada de instituciones armadas a un mandato constitucional afecta el núcleo del Estado de derecho. Las declaraciones de los altos mandos, al confesar que seguirán aplicando sus reglamentos desobedeciendo el fallo constitucional, desconoce el principio de igualdad y expresa una resistencia a la modernización democrática y a los estándares contemporáneos de derechos humanos.

Más que una amenaza, la sentencia representa una oportunidad para fortalecer la cohesión, la profesionalización y la legitimidad social de las instituciones castrenses y policiales. Alinear sus normas con la Constitución no es opcional, sino un imperativo jurídico y democrático. Persistir en prácticas discriminatorias compromete la confianza pública, debilita la institucionalidad y perpetúa un modelo restrictivo incompatible con un Estado democrático de derecho.

Sólo una comprensión plena de la supremacía constitucional permitirá avanzar hacia cuerpos armados y policiales más inclusivos, disciplinados y respetuosos de los derechos fundamentales, como exige la República Dominicana del siglo XXI.

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