Suprema Corte declara inconstitucional cobro arbitrio de 3% a las telefónicas
SANTO DOMINGO.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró contrario a la Constitución el cobro de un 3% de arbitrio que cobran los ayuntamientos a las empresas telefónicas según el artículo 284 de la ley sobre el Distrito Nacional y los municipios.
En ese sentido el alto tribunal acogió un recurso de inconstitucionalidad incoado por la Asociación Dominicana de Empresas de Telecomunicaciones sobre el pago de ese arbitrio.
La Suprema consideró que tal y como establece el artículo 4 de la Ley 153-98, las Telecomunicaciones son de jurisdicción nacional y que por consiguiente, los impuestos, tasas, contribuciones y demás derechos serán aplicables a nivel nacional.
Indica que se excluye a la autoridad municipal, como ente político menor, de la potestad de aplicar exacciones a título de arbitrios o tasas municipales sobre el servicio de Telecomunicaciones.