Suprema Corte a la espera resultados de la investigación a jueza liberó a Sobeida

SANTO DOMINGO.-El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, deploró hoy las debilidades mostrada por las autoridades encargadas de dar seguimiento a Sobeida Félix Morel, y dijo que está a la espera de los resultados de la investigación que ordenó hacerle a la magistrada Rosanna Vásquez, quien dispuso la libertad de la ahora prófuga.

Indicó que ordenó la investigación del la magistrada Vásquez, jueza del Séptimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, el pasado 29 de octubre, para que explicara las circunstancias en que dispuso la libertad de Félix Morel y en cambio le impuso una garantía económica. Indicó que la magistrada Vásquez fue entrevistada el pasado viernes seis noviembre.

Mediante un comunicado, el presidente de la SCJ se queja de las debilidades de las autoridades encargadas de dar seguimiento y garantizar el cumplimiento de las medidas de coerción diferentes a la prisión preventiva demostraron debilidad y que, a fin de reforzar los criterios del que el juez debe tener en cuenta para disponer una medida de coerción diferente a la prisión preventiva o para variar ésta, la SCJ está evaluando la posibilidad de adoptar mediante disposición reglamentaria medidas que refuercen lo establecido por el Código Procesal Penal al respecto.

“Es bueno recordar que ya en el año 2005, cuando estaba vigente la Ley de Libertad Provisional Bajo Fianza y antes de la vigencia de la actual normativa procesal penal, habíamos establecido cuáles eran las razones poderosas que el juez debía de tomar en consideración para el otorgamiento de la libertad provisional bajo fianza”, precisó Subero Isa.

Al revocar la decisión de la magistrada Vásquez los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional precisaron que ésta incurrió en "inobservancia de la ley", debido a que Félix Morel, vinculada al fugitivo puertorriqueño José Figueroa Agosto y acusada de lavado de dinero, no demostró ninguna de las razones precisadas en el Código Procesal Penal para establecer el arraigo.

Según la decisión emitida el pasado viernes Félix no tenía domicilio específico ni lugar de trabajo, además señalaron que la pena a imponer en el caso de la mujer, investigada por Lavado de Activos, era de 10 años de prisión.

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