
Santo Domingo.-La Superintendencia de Bancos (SB) emitió una nueva disposición que busca proteger a las usuarias y usuarios financieros cuando ocurran fallas de los sistemas informáticos de las entidades de intermediación financiera (EIF) y que resulten en perjuicio de los clientes.
La SB establece que las entidades no podrán aplicar cargos, comisiones o cobros por mora a los usuarios cuando no demuestren que ofrecieron canales alternativos que funcionaran durante la interrupción.
En esos casos, deberán exonerar al cliente de cualquier costo generado por operaciones no ejecutadas o retrasadas, o bien, realizar los reembolsos de forma automática, sin necesidad de que el cliente lo solicite.
La circular también aclara que los usuarios y las usuarias tienen que cumplir con las obligaciones de pago contraídas con su entidad financiera, a pesar de que los sistemas se encuentren inhabilitados, siempre que la entidad disponga de canales adicionales que así lo permitan. Para hacerlo, es importante que se mantengan informados a través de los medios de difusión de su banco.