- Publicidad -

- Publicidad -

SISALRIL aumenta cobertura de atención médica por accidentes de tránsito y eleva capital mínimo de ARS

El Día Por El Día

Santo Domingo. – La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) anunció un aumento en la cobertura de atención médica derivada de accidentes de tránsito, pasando de RD$1,161,150.00 a RD$1,300,488.00.

Esta medida, establecida mediante la circular 69-2025, responde al reciente aumento salarial decretado por el gobierno.

Le recomendamos: Unas 10 personas fallecieron en accidentes el fin de semana, 7 viajaban en motocicletas

La cobertura será garantizada al 100 % para todos los afiliados en los regímenes contributivo, subsidiado, así como para los planes de pensionados y jubilados. Además, esta prestación no estará limitada al catálogo de servicios de salud, asegurando una protección integral.

Fecha de Ejecución y Copago Máximo

La implementación de esta ordenanza se hará efectiva a partir del 1 de abril. Asimismo, se ha fijado el límite máximo del copago a cargo de los afiliados en RD$21,674.80, lo que impactará en el cálculo de los topes de cotización dentro del Régimen Contributivo en los seguros de Salud Familiar, Riesgos Laborales y de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.

Incremento del Capital de las ARS

Otro de los cambios significativos es el aumento del capital mínimo requerido para las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), el cual pasará de RD$77,410,000 a RD$86,699,200.00. Este ajuste cumple con lo estipulado en el artículo 5 del Decreto Núm. 72-03, que regula la organización de las ARS.

La SISALRIL ha instruido a todas las Administradoras de Salud cuyos capitales suscritos y pagados sean inferiores al nuevo umbral a realizar los ajustes necesarios para cumplir con esta normativa.

Compromiso con la Protección de los Afiliados

La circular fue dirigida a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y los Prestadores de Servicios de Salud (PSS).

Este ajuste forma parte del cumplimiento del artículo 10 de la Normativa sobre el Fondo Nacional de Atención Médica de Tránsito, garantizando mayor seguridad y respaldo a los ciudadanos en situaciones de emergencia médica derivadas de accidentes de tránsito.

Etiquetas

El Día Digital

Periódico independiente.

Artículos Relacionados