Senado apoya Pro Consumidor registre contratos financieros

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Santo Domingo.-El Senado aprobó una resolución en la que respalda al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) en su misión de registrar y revisar los contratos de adhesión utilizados en las entidades financieras, y exige la colaboración de la Superintendencia de Bancos para que esa entidad ejerza sin obstáculos su función.

También solicita a la Junta Monetaria modificar el reglamento de Protección de los Derechos de los Usuarios para hacerlo compatible con la Ley 358-05 de Pro Consumidor y evitar la duplicidad de procedimientos respecto al registro de los contratos.

La resolución fechada el 20 de octubre del 2010, intima a las entidades financieras a registrar en Pro Consumidor “de manera inmediata” los contratos de adhesión que firman con sus clientes, como lo establece el articulo 81 de Ley 358-05.

Asimismo, censura cualquier actuación pública o privada tendente a obstaculizar la adecuada revisión y ajuste de esos documentos por parte de ProConsumidor.

Explicación jurídica

En uno de sus considerando, la Resolución del Senado establece que la Superintendencia de Bancos no está autorizada legalmente para limitar u obstruir las funciones de Pro Consumidor en el ejercicio de sus facultades legales, sino que por el contrario, debe prestar su colaboración cuando le sea requerida.

Afirmó que la Ley de Pro Consumidor tiene pre eminencia sobre la Ley 183-02 que rige el sistema Monetario y Financiero, ya que la Ley 358-05 fue promulgada más tarde.

“Es decir que cualquier disposición contraria a una norma establecida en la Ley Pro Consumidor quedó implícitamente modificada al momento de entrada en vigencia de esa legislación”, indicó.

“El acuerdo quedó sin efecto”

El Senado destacó que, según el artículo 138 de la Constitución, ninguna entidad de la Administración Pública puede suscribir acuerdos interinstitucionales con otra que implique la renuncia o transferencia de sus facultades legales.

Por tanto, sostiene que carece de validez jurídica todo acuerdo firmado entre Pro Consumidor y la Superintendencia de Bancos que desborde el ámbito de la cooperación y colaboración para el cumplimiento de las facultades legales de ambas instituciones.

Agregó que ningún reglamento de la Junta Monetaria puede restringir las facultades de Pro Consumidor.

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