SCJ rechaza que cabildos cobren 3% a telefónicas

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Santo Domingo.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró ayer contrario a la Constitución el cobro de un 3% de arbitrio que exigían los ayuntamientos a las empresas telefónicas, según el artículo 284 de la ley sobre el Distrito Nacional y los municipios.

El alto tribunal acogió un recurso de inconstitucionalidad incoado por la Asociación Dominicana de Empresas de Telecomunicaciones (Adomtel), sobre el pago de ese arbitrio.

La SCJ consideró que tal y como establece el artículo 4 de la Ley 153-98, las telecomunicaciones son de jurisdicción nacional y que por consiguiente, los impuestos, tasas, contribuciones y demás derechos serán aplicables a nivel nacional.

En ese sentido excluye a la autoridad municipal de la potestad de aplicar arbitrios sobre el servicio de Telecomunicaciones.

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