Santo Domingo .– La Superintendencia de Bancos emitió la circular en la que dispone lineamientos y reiteraciones para que las Sociedades de Información Crediticia y las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) garanticen a los usuarios y usuarias la protección integral de sus datos personales, en archivos, registros o bancos de datos.
Esta disposición da mayor fuerza a los titulares a decidir sobre la utilización de sus datos y los de sus bienes, con la posibilidad de exigir su actualización, rectificación y destrucción, cuando sean incorrectos o no sean verídicos.
El comunicado de prensa explica que para corregir esta aplicación errada de la Ley sobre Protección de Datos Personales, la SB reiteró que las SIC deben “presentar la información del titular en forma clara, completa y detallada en sus reportes de crédito, especialmente, en aquellos casos en que exista una venta de cartera de créditos”.
Además, dispuso que están obligadas a establecer parámetros para filtrar la información que debe o no ser publicada, el cruzamiento de datos y la exclusión de aquellos que corresponda, según el artículo 64 de la citada ley que protege los datos de la ciudadanía.
La institución supervisora aclara que ni esta circular, ni los lineamientos del artículo 64 de la ley, ni ningún otro instrumento del ordenamiento jurídico vigente, disponen la eliminación de cualquier deuda o compromiso económico que los usuarios no hayan cumplido al momento en que las SIC elaboren sus reportes.
Agrega que las personas tienen derecho a obtener su historial crediticio o reporte de crédito de forma gratuita cuatro veces por año.