¿Sabe usted qué son los niveles de atención en la salud?
Santo Domingo.-Los cambios en el Seguro Familiar de Salud de la Seguridad Social (SFS) no sólo se están realizando en su estructura, sino también en su lenguaje a la hora de referirse a una persona (afiliado) o una infraestructura de servicios de salud.
Por ello debe tener claro que dentro del sistema tiene derecho a un Plan Básico de Salud (PBS) dentro del régimen financiero (contributivo, subsidiado o mixto) al que pertenezca, el cual le garantizará salud preventiva, atención primaria de salud, emergencia y servicios ambulatorios entre otros beneficios que están determinados por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).
Ya consciente de algunos de los beneficios que aquí se citan, entre otros que establece la ley, imagínese que es la primera vez que usted va a una clínica o al hospital, a donde primero lo harán llegar será al Primer Nivel de Atención, que es considerado la puerta de entrada al sistema de salud.
En reiteradas ocasiones los distintos actores que intervienen en el sistema coinciden en que el 80% de los problemas de salud se resuelve en este punto.
Ya determinada su condición de salud, desde este nivel podría ser ser referido al segundo y tercer nivel de atención.
En caso de que fuera al segundo nivel de atención, de acuerdo a lo que establece la ley deberá recibir atención ambulatoria especializada y hospitalización a usuarios derivados del primer nivel de atención, o los que se presenten de manera espontánea.
En el último nivel se brindan las atenciones especializadas para enfermedades o eventos complejos que requieren equipos e instalaciones de alta tecnología para atender la demanda de pacientes que requieran internamiento y cirugía que han sido referidos de los niveles ambulatorios o por emergencia.
El régimen contributivo
El Sistema de Seguridad Social para el Régimen Contributivo no cumple con estas articulaciones como lo establece la Ley, ya que cuando entró en vigencia se emitió la resolución 122-07.
Esta permitió a los afiliados que posean coberturas de servicios que podrán acceder directamente a sus médicos especialistas para consultas, actos o procedimientos que se deriven de esta dentro de la red de prestadoras de servicio de salud contratadas por su Administradora de Riesgos de Salud (ARS).
Mientras que en el régimen subsidiado se cumple con lo establecido al pie de la letra lo establecido por la ley de salud, que los afiliados deben entrar al sistema por la Atención Primaria y ser referidos hacia sus distintos niveles.