Ricardo Nieves recomienda orientar al médico sobre las responsabilidades civiles y penales

Ricardo Nieves recomienda orientar al médico sobre las responsabilidades civiles y penales

Ricardo Nieves recomienda orientar al médico sobre las responsabilidades civiles y penales

El doctor Ricardo Nieves (a la derecha) durante su exposición sobre las responsabilidades civiles y penales de los profesionales de la salud en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora.

SANTO DOMINGO.- El doctor Ricardo Nieves, recomendó al Colegio Médico Dominicano (CMD) hacer cursos especializados o diplomados para orientar a los afiliados sobre la práctica médica y el deber de cuidado, la responsabilidad ético-jurídica y las responsabilidades civiles y penales que son el gran terror de los profesionales de la salud en la República Dominicana.

El médico y abogado informó que sugirió al presidente del Colegio Médico (CMD), Waldo Ariel Suero, entrenar a los médicos sobre del deber, el cuidado, la imprudencia, las diligencias médicas y de dar a conocer a los galenos los límites que tiene la profesión.

Al exponer sobre responsabilidad ético-jurídica del médico, en la Científico Gremial Académica de la seccional del Colegio Médico Dominicano de la provincia Santo Domingo, celebrada en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora, el doctor Ricardo Nieves dijo que el especialista debe saber cuándo puede llevar a cabo una acción que haya hasta lesionado a alguien, pero tratando de mejorar su condición, hasta qué punto puede ser imputado y responsabilizado por eso, ya que en realidad lo que ese médico ha querido es mejorar la condición del paciente, mejorar su condición de vida o sacarlo de una condición.

En la actividad donde estuvieron presentes los doctores Amaury García Silverio, director general del Hospital Traumatológico Ney Arias Lora, Waldo Ariel Suero, presidente del Colegio Médico Dominicano, Wilson Roa, vicepresidente, Emignio Liria, presidente de la Regional del Distrito, Jacqueline Carrasco, presidenta de la Regional de Santo Domingo, manifestó que si a los médicos no se le instruye sobre esto, pueden caer en el grupo de los médicos que tienen poca experiencia legal o no saben cómo manejarse en un tribunal.

Recomendó a los médicos conocer los protocolos y en los centros de salud que no existan, exigirlo, muy especialmente para las personas intervencionistas en el cuerpo humano, cirujanos, anestesiólogos, oncólogos, ginecólogos, los que hacen procedimientos con intervención al organismo por cualquier vía.

Informó que La Organización Mundial de la Salud (OMS) tiene un paquete de protocolos que los pueden encontrar en la red para las diferentes circunstancias, hay protocolos para la cólera, para el dengue, para la leptospirosis, hay protocolos para todo y en el plano quirúrgico una inmensidad.

Advirtió que quien no ha estudiado una enfermedad no puede diagnosticarla y que el médico es un profesional que esta sujetado a una serie de reglas, reglamentaciones, normas y leyes supremas, que tiene la obligación de dar respuesta de forma contingente.

Destaca que el arte de la ley, considera al médico como un sujeto activo que está regido por el arte de la ley porque su trabajo no solo es científico, es a la vez artístico, técnico y jurídico, debido a que envuelve responsabilidad de él y de la persona con quien trabaja.

Como ejemplo citó que “una mujer que salió embrazada y pidió a un médico que le practicara un aborto; la dama convence al médico de familia y éste le practica el aborto; al momento de realizar el aborto señala, se da cuenta que el mismo era una indicación terapéutica, que del no haber hecho el aborto, quien tenía más posibilidades de morir era la mujer, es decir, la interrupción que él no procuraba que fuera positiva para la salud del paciente era una indicación terapéutica”.

Precisó que el médico interrumpió un embarazo de forma ilegal, porque el aborto es una de las figuras que tiene la mayor descripción, amplitud y sanción que el médico, la enfermera, el personal y todo el que pone en relación con los sujetos activos y los profesionales que interrumpen un embarazo.

Asegura que el galeno produjo una ilegalidad, pero dentro de su ilegalidad favoreció la condición del bien jurídico madre, y ahí entra la discusión del arte de la ley.

Sin embargo, doctor Nieves asegura que los médicos han olvidado hacer historias clínicas, no investigan los antecedentes, no investigan los hábitos tóxicos, no le preguntan al paciente de su vida, no le hacen una mini biografía, ni una semblanza al paciente, que según los científicos de la salud, sigue siendo el 75% del diagnóstico y de la dirección semiológica del paciente, la conversación a un metro y medio de distancia con él.

Explica, que el Ministerio de Salud Pública tiene protocolos generales y si se siguen al pie de la letra, las reglamentaciones, ordenanzas y las técnicas dispuestas para los diferentes procedimientos, usted tiene una gran protección de su barrera de inocencia.

El profesional de la medicina y abogado como resultado citó dos razones que los trabajos den resultados obligatorios, sino trabajos de medios, “cuando usted entra a abrir a un paciente, que puede ser de una apendicitis, usted puede encontrarse con un mundo de cosas que no sea una apendicitis, pero para la familia, para el hospital, para la opinión pública, y hasta para su misma conciencia interna usted ha confrontado solo una apendicitis”.

Sin embargo, pueden ocurrir mil cosas que tenga incluso el ciego y toda esta parte en otra disposición, que se haya cruzado un vaso que no estaba ahí, que haya un músculo que sobresalga, que haya confundido un vaso con un tejido, que este más profundo de la cuenta.

“En definitiva, debe tener cuidado, toda la disposición y voluntad posible para no cometer un hecho del que no esté exento, del que no estoy liberado de cometer, pero toda la predicción necesaria para cumplir con el deber de cuidado y manejar con carácter ético cada caso que afronte por sencillo que sea”.

Refiere que en Estados Unidos existe un verdadero estado de derecho, hay reglas claras, se lleva el debido proceso, no hay presión de la prensa, como ocurre en la República Dominicana, que haga variar la decisión del juez, y además resalta que en el extranjero usted tiene el derecho contrario, la contrademanda o la demanda contravencional.

Manifestó que la OMS y jurisprudencia en los tribunales, sostienen que en caso que haya que decidir entre la madre y el producto, se decide por la madre, porque puede seguir produciendo, porque es el bien jurídico concreto, porque la criatura en la fase de antes de las 12 semanas, que fue el caso presentado, no es persona o si lo es, es una eventualidad.

Nieves, indica que la imputación objetiva, es un conjunto de criterios que rigen el camino del profesional, sobre todo cuando tiene intervención directa en el cuerpo porque tiene administrar productos al organismo, que parece una especie de marco regulador de límites de hasta dónde podemos llegar.

Lo primero que establece la imputación objetiva que las normas solo prohíben resultados evitables, segundo que las normas solo prohíben resultados que empeoran la condición del bien jurídico, en este caso de la persona y tercero que las normas solo prohíben situaciones que crean riesgos no permitidos.



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