Reforma Fiscal: Si te sacas la lotería, tendrás que devolver el 25% en impuestos

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Los premios de lotería, las ganancias obtenidas en juegos de azar y las apuestas deportivas figuran entre los cambios introducidos este miércoles por el Senado al proyecto de Ley de Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Tributaria y Mitigación de la Crisis Internacional, durante el conocimiento de la iniciativa en el hemiciclo.

Las modificaciones fueron presentadas por el presidente de la comisión bicameral que estudió el proyecto, senador Pedro Catrain, y aprobadas por el pleno antes de continuar con la discusión de la pieza.

Entre los cambios figura una modificación al artículo 17 de la iniciativa, mediante la cual se establece que los premios o ganancias obtenidos en loterías, fracatanes, loto, loto quiz, premios electrónicos provenientes de juegos de azar, campañas promocionales y otros sorteos pagarán un impuesto definitivo equivalente al 25 % del monto recibido.

En el caso de las bancas de apuestas deportivas y de loterías, el Senado aprobó una escala diferenciada.

Los premios superiores a RD$200,000 y hasta RD$600,000 estarán gravados con una tasa del 15 %, mientras que aquellos que excedan los RD$600,000 pagarán un 25 %.

Reforma Fiscal: Si te sacas la lotería, tendrás que devolver el 25% en impuestos
Pedro Catrain, senador de Samaná.

Otra de las modificaciones aprobadas dispone que los contribuyentes con ingresos a partir de RD$1,000 millones deberán pagar un Impuesto Sobre la Renta equivalente al 30 % de la renta gravable a partir del período fiscal 2029.

La comisión también propuso modificar el régimen tributario aplicable a los casinos. De acuerdo con el texto aprobado, los establecimientos que operen entre una y 15 mesas de juego deberán pagar mensualmente RD$70,000 por cada mesa en funcionamiento.

Asimismo, el Senado fijó en RD$80,000 anuales el impuesto único que deberán pagar las bancas de lotería.

Además, las nuevas bancas autorizadas deberán realizar un pago inicial de RD$200,000 ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) por concepto de registro e inicio de operaciones.

En materia de importaciones, los legisladores precisaron las subpartidas arancelarias correspondientes a ambulancias, camiones compactadores de basura y camiones de bomberos, con el objetivo de delimitar de forma específica cuáles vehículos estarán exentos del pago de impuestos y derechos arancelarios al momento de su importación.

La propuesta también incorpora a la lista de bienes exentos determinadas subpartidas arancelarias correspondientes a la leche y nata sin concentrar ni azúcares añadidos, así como al agua natural y al agua mineral natural embotellada.

Durante la sesión también fue modificada una disposición relativa a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), estableciendo que esa entidad tendrá a su cargo la recaudación y distribución de los fondos destinados al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), conforme a lo dispuesto en la Ley 87-01 de Seguridad Social.

Finalmente, la comisión bicameral propuso ajustes de técnica legislativa para corregir aspectos de redacción, puntuación y adecuar la denominación oficial del Ministerio de Hacienda y Economía dentro del proyecto de ley.

Sobre el autor

Anyelo Mercedes

Es periodista y locutor. Cubre Congreso, Partidos Políticos y JCE.