Referendo para nuevas reformas
SANTO DOMINGO.- La Asamblea Nacional, en función de Asamblea Revisora, estableció ayer en primera lectura que las próximas modificaciones a la Constitución deberán ser ratificadas o rechazadas por la población a través de la figura del referendo, siempre que toquen los aspectos de disminución a los derechos, deberes y garantías fundamentales; el ordenamiento territorial y municipal, así como el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería y el de la moneda.
El numeral uno del artículo 247 del proyecto de reforma constitucional aprobado ayer establece que la Junta Central Electoral someterá a referendo las reformas dentro de los sesenta días siguientes a su recepción formal, mientras que el numeral dos explica que para su aprobación se requiere del voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes, y que el número de éstos exceda del treinta por ciento del total de los ciudadanos que integren el Registro Electoral, quienes expresarán su posición a través de Sí o No.
Los asambleístas aprobaron también un artículo transitorio para establecer que el 247 no será aplicable para el actual proceso de reforma constitucional.
Banco Central Los asambleístas eliminaron un numeral que autorizaba al Senado a elegir los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, y otro que daba al Congreso la potestad de ratificar el gobernador del Banco Central.
Presupuesto También modificaron el aspecto referente al Presupuesto.