¿Qué se necesita para casarse por lo civil en RD? Conoce lo que dicta la Ley del registro civil
- Luego del debate público y la aclaración de la Junta Central Electoral repasamos los documentos obligatorios que exige la legislación dominicana para oficializar un casamiento
Santo Domingo.- El reciente matrimonio civil entre una pareja trans conformada por Aris Doris Resto Holguín, quien se identifica como Jayden y Miguel José Balaguer de la Rosa, identificado como Regina, ha generado un intenso debate en la República Dominicana, provocando que la Junta Central Electoral emita un comunicado para aclarar que la unión se realizó en estricto apego a las normativas del registro civil.
La base jurídica que sustenta este y todos los enlaces matrimoniales en el país recae sobre el artículo 150 de la Ley 4-23 de los Actos del Estado Civil donde se detallan los requerimientos obligatorios para los contrayentes.
Requisitos
De acuerdo con esta legislación, el documento primordial que define el estatus legal de los ciudadanos al momento de casarse es el acta de nacimiento junto a la cédula de identidad y electoral siendo estos los instrumentos que validaron los sexos asignados de la sonada pareja.
La normativa estatal exige obligatoriamente haber cumplido los dieciocho años de edad y presentar las actas de divorcio o defunción en caso de que alguno de los involucrados haya estado casado previamente o sea viudo.

El proceso requiere además la presencia de por lo menos dos testigos mayores de edad que sepan firmar y porten sus respectivos documentos de identidad, pudiendo estos ser familiares o personas sin ningún vínculo consanguíneo con los novios.
Si los futuros esposos tienen descendencia en común, deben entregar el acta de nacimiento de los hijos donde conste la filiación paterna y en caso de optar por la separación de bienes, es imprescindible depositar un acto auténtico debidamente registrado.
Extranjeros
Para los ciudadanos extranjeros, la ley establece que deben depositar pasaporte y una constancia de soltería de su país de origen, precisando que si estos documentos no están en idioma castellano, tendrán que ser traducidos y legalizados por las autoridades competentes.
Matrimonio entre pareja trans
El sonado caso involucra a Aris Doris Resto Holguín y Miguel José Balaguer, conocido popularmente como "Reina de Coronas", quienes formalizaron su unión ante la Junta Central Electoral generando atención por tratarse de dos personas trans registradas legalmente bajo sus sexos de nacimiento.
Aris Doris se identifica como Jayden siendo un hombre trans mientras que Miguel José es conocido como Regina o "Reina de Coronas" por lo que ante el registro civil la pareja está integrada por personas de sexos distintos permitiendo la celebración dentro del marco legal.

La historia de ambos inició mediante las redes sociales y tras depositar los documentos la novia denunció haber encontrado resistencia de algunos empleados quienes objetaron la unión basándose en la apariencia física de los contrayentes.
Respuesta de la Junta Central Electoral
Ante el revuelo mediático, la Junta Central Electoral aclaró mediante un comunicado que la oficialización del matrimonio cumple con los requisitos establecidos por la Constitución y las leyes dominicanas al celebrarse conforme a sus actas de nacimiento.
El presidente del órgano electoral, Román Andrés Jáquez, informó a la prensa que se ordenó una investigación sobre los inconvenientes reportados durante el proceso de solicitud.

Jáquez afirmó de forma preliminar que la pareja está conformada legalmente por un hombre y una mujer sacando de la ecuación sus preferencias al ser aspectos totalmente ajenos a las normativas del registro civil.
La institución aprovechó este intenso debate público para reiterar de manera firme que como órgano custodio del registro civil dominicano actúa estrictamente apegada a los mandatos constitucionales y legales vigentes.
leídas