Concluye el mes de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama, y cada semana, en cada punto del país, muchas mujeres y sus familias son golpeadas por el cáncer, no precisamente por falta de sensibilidad, sino por un sistema de salud y seguridad social que les abandona a su suerte, con servicios deteriorados y poniéndolas a depender de la caridad en las redes sociales de políticos, hacer serruchos o un san, o rogar por “medicamentos de alto costo”.
Un “Juego del Calamar” planificado, donde se vive o se muere a conveniencia de quienes administran billones de pesos al año.
Por eso, para la modificación de la Ley 87-01 del Sistema Dominicano de Seguridad Social, el primer paso
propuesto al Congreso es cambiar el artículo 1 de dicha Ley, para que especifique nítidamente, en el marco de la Constitución, que la seguridad social y la salud son derechos fundamentales y, por tanto, se garantizará la protección y cobertura financiera integral para todos y todas bajo los principios de dignidad humana, igualdad y equidad. Los recursos que ponemos todos, tienen que estar para el bien de todos.
Eso es, concretamente, el fin del “no te cubre” y “no te toca” en salud, vejez, desempleo y discapacidad.
El nuevo artículo 1 dejaría en claro que puede haber prestaciones estatales como privadas y de organizaciones sin fines de lucro, pero la Seguridad Social será un sistema de carácter público y de aplicación nacional, sin islas de poder ni privilegios ni ámbitos para la mera extracción de beneficios a costa de los derechos de las personas.
El proyecto por la Seguridad Social Digna expresa que los sujetos a proteger son las personas y sus familias, no un entramado financiero ni negocios. Esto significa que si se defiende el bienestar humano ante los riesgos de existir y vivir en sociedad, el Estado social y democrático de derecho no puede quedar suspendido ni puede primar un mercado bajo la regla del sálvese quien pueda, como pueda y con lo que tenga.
En tal sentido, un nuevo Sistema Dominicano de Seguridad Social debe dar certidumbre y tranquilidad
a todas las personas y familias en que estarán protegidas respecto de: a) las necesidades de cuidados, la
protección ante el daño a la salud, la atención a la enfermedad, condiciones crónicas y discapacidad física,
sensorial, psicológica y/o mental.
b) vejez y retiro dignos sin ser carga para otros, ni condicionado por las capacidades económicas individuales, estableciendo una pensión universal nunca menor al salario mínimo nacional y, además, en relación al número de años cotizados y una proporción del 70% del ingreso promedio o más.
c) ante el desempleo total o pérdida del ingreso familiar que amenace el nivel digno de vida, sea por edad, discapacidad, fallecimiento, desempleo, suspensión laboral, embarazo, maternidad y paternidad, y/ o una condición de salud debidamente acreditada, asegurar no menos del 75% de los ingresos habituales durante un periodo de 8 meses.
d) situaciones de salud o evento inesperado que requieren una inversión no programada y no costeable con el ingreso del hogar, que comprometen el patrimonio familiar, cubriendo el 100 % de los gastos de manera inmediata.
Así debe iniciar la nueva Ley, dejando las cosas claras desde el principio