SANTO DOMINGO.– La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago impuso prisión preventiva como medida de coerción contra un agente de la Policía Nacional imputado por el homicidio de un joven ocurrido en el barrio La Ceibita, del sector Pekín.
La jueza Yiberty Polanco Herrán dispuso la medida contra el imputado Jersin Encarnación Vicente, señalado como responsable de la muerte de Miguel Antonio Miranda Flete, de 23 años de edad, quien falleció tras recibir un disparo en la cabeza.
De manera provisional, el agente enfrenta cargos por violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, que tipifican el delito de homicidio. El tribunal ordenó que la prisión preventiva, sujeta a revisión cada tres meses, sea cumplida en la cárcel del Centro de Operaciones Especiales de Manoguayabo, en Santo Domingo Oeste.
Durante la audiencia, la fiscal litigante Heidys de León, en representación del Ministerio Público, sostuvo que el imputado disparó su arma de reglamento contra la víctima, provocándole una herida mortal en la cabeza.
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De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron el 25 de diciembre de 2025, alrededor de las 7:30 de la mañana, cuando el agente policial acudió al lugar junto a otros uniformados en respuesta a una denuncia de la comunidad por una fiesta que generaba contaminación sónica.
El órgano acusador, encabezado por el director del Departamento de Asuntos Internos de la Fiscalía, el procurador de corte Gerardo Ponce, estableció que al llegar los agentes la situación se tornó violenta, por lo que procedieron a lanzar bombas lacrimógenas para intentar controlar el ambiente.
En ese contexto, Encarnación Vicente disparó su arma de reglamento, una pistola Glock 17, calibre 9 milímetros, impactando en la cabeza a Miranda Flete. La víctima permaneció en estado crítico y falleció cuatro días después, el 29 de diciembre de 2025, mientras recibía atenciones médicas.
La Fiscalía de Santiago depositó ante el tribunal diversos elementos probatorios, entre ellos testimonios coherentes de testigos, pruebas documentales, periciales y materiales, así como evidencia audiovisual en la que se observa el momento en que el imputado dispara contra la víctima. Estas pruebas fueron determinantes para la imposición de la medida de coerción.