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Prisión para pareja por tortura y abuso sexual a niña de 11 años en Santiago

El Día Por El Día
Abuso sexual
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Santiago.– La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago impuso la prisión preventiva, como medida de coerción, contra un hombre y su pareja sentimental investigados por cometer tortura, barbarie, violación sexual y abuso físico y psicológico contra una niña de 11 años de edad.

La investigación del hecho la lleva a cabo la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la fiscalía dice que la víctima sufría violación sexual, golpizas y todo tipo de vejámenes desde que tenía 9 años de edad.

El documento dice además que la mujer tenía conocimiento de los abusos que sufría la niña y, además de ejercer complicidad, también se convirtió en la ejecutora de los abusos.

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Psicólogos adscritos al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), realizaron el levantamiento de las pesquisas y las evaluaciones a nivel físico, emocional y psicológico a la víctima, obteniendo los informes que advierten de la gravedad del daño que estos abusos ocasionaron en la niña.

La medida de coerción fue impuesta por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago en atención a la calificación jurídica provisional que se le imputa al procesado, consistente en violación a los artículos 303, 303-1, 303-4, numeral 1; 331, 332-1 y 332-2, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género, así como por violación al artículo 396, literales A, B y C y 397 de la Ley 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, que contempla los tipos penales de tortura o actos de barbarie, violación sexual, maltrato, abuso físico, psicológico y sexual, en este caso en perjuicio de una niña.

Contra la imputada se presentaron cargos provisionales por transgresión a los artículos 351-2 y 353, 59, 60, 303, 303-1 y 303-4, numeral 1, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, y por violación al artículo 396 literales A y B de la referida Ley 136-03, que tipifica el maltrato, abuso físico, psicológico y sexual contra los niños, niñas y adolescentes.

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