Presidente del Senado dice revuelo por Ley 1-24 ha sido "un problema de interpretación"

Presidente del Senado considera revuelo por Ley 1-24 ha sido «un problema de interpretación»

Presidente del Senado considera revuelo por Ley 1-24 ha sido «un problema de interpretación»

Ricardo de Los Santos, presidente del Senado, José De León.

SANTO DOMINGO.– El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, afirmó este miércoles que el revuelo colectivo que ha causado en la sociedad la promulgación de la Ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), ha sido por un «problema de interpretación», ya que el organismo no puede hacer nada sin antes agotar los requerimientos que establece la Constitución.

“La ley puede tener un problema de interpretación pero la intención del legislador es precisamente que todo lo que se haga sea siempre respetando la Constitución”, señaló De los Santos.

Mientras que la senadora Faride Raful sostuvo que por sugerencia del presidente Luis Abinader se conformó una comisión, la cual se ha reunido en dos ocasiones, para revisar la pieza y en caso de que haya que hacer alguna modificación para que la ley sea más específica “el gobierno está en la mejor tesitura de someter cualquier cambio para garantizar los derechos fundamentales de los dominicanos”.

Faride Raful, senadora del DN.

En esa misma dirección, Ricardo de Los Santos añadió que el Senado va a esperar los resultados de las evaluaciones de dicha comisión y lo que esta determine, el Congreso está dispuesto a tomarlo en consideración. “Que se haga todo lo que se entienda que venga a traer tranquilidad a la sociedad dominicana”.

Se senador explicó la Ley del DNI es un proyecto corto pero el Senado lo trabajó ampliamente desde el 2022.

Ambos legisladores emitieron sus consideraciones al participar como invitados en el Almuerzo semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio.

Cuestionamientos

La Sociedad Dominicana de Diarios ha cuestionado dicha ley, específicamente el artículo 9 que versa sobre las atribuciones, el 11 que exige la entrega de información sin la intervención de un juez y el 26 que establece sanciones penales por negarse a dar datos.

El artículo 10 de la nueva Ley reza: «La Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ejercerá sus atribuciones con apego al marco constitucional y legal vigente y pleno respeto de los derechos fundamentales, bajo los principios de eficacia, necesidad, idoneidad, especialización, proporcionalidad y coordinación».

En tanto el artículo 11, uno de los más atacados, dicta que todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, «sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que ésta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento…».



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