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Cerca de 800 mil trabajadores pagan ISR por falta de ajuste por inflación

Dilenni Bonilla Por Dilenni Bonilla
📷 Archivo

Los empleados que devengan un salario mayor de RD$50,098.33 al mes serían los que estarían sujetos a pagar Impuesto sobre la Renta (ISR), y no los que ganan desde RD$34,685.00, como ocurre hasta ahora. Esto, si se indexaran los salarios utilizando el multiplicador de ajuste por inflación correspondiente a cada período en que no se ha aplicado, según cálculos del Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES).

Sin embargo, dicha indexación se mantiene congelada, afectando a cerca de 819,928 trabajadores del mercado laboral. Esa cifra parte de quienes devengan salarios entre los 30 mil y más de 50 mil pesos, según datos de la Tesorería de la Seguridad Social.

Ahora, se espera que el Tribunal Constitucional emita una sentencia que ordene descongelar la escala salarial sobre la cual se aplica el referido impuesto.

El centro de estudios económicos dirigido por el economista sénior Miguel Di Franco, explica que el salario mínimo exento para las personas físicas no ha sido ajustado desde 2017. Según un artículo del Código Tributario, el Poder Ejecutivo debe ordenar, para cada año calendario, un ajuste por inflación a los tramos gravados por el impuesto a las personas físicas, basado en el índice de precios al consumidor del Banco Central.

No obstante, desde la aprobación de la Ley General de Presupuesto del Estado de 2018, quedó sin efecto el ajuste por inflación de la escala salarial a la cual se aplica el impuesto sobre los ingresos de las personas físicas.

Esta disposición ha estado presente en las leyes de presupuesto posteriores; por lo tanto, desde entonces las rentas anuales de las personas físicas que superan los RD$416,220.01 son gravadas con una tasa de 15 %, 20 % o 25 %, según la escala.

Sin embargo, si se ajustara este monto de rentas anuales gravables vigente con el multiplicador del ajuste por inflación correspondiente a cada período desde que no se aplica, el mismo debería ser de RD$601,179.95.

“Es decir, que las personas con ingresos mensuales superiores a los RD$34,685.00 no deberían ser gravadas (con la tasa de 15 %, en este caso), sino que deberían ser las que reciben ingresos superiores a los RD$50,098.33”, explica.

Dejar sin efecto el ajuste por inflación aplica para todos los tramos de la escala salarial y, por lo tanto, afecta a todos los trabajadores, señala el informe del CREES. Añade que el Estado se beneficia de esta medida debido a que más personas entran a la base gravada y, en la medida en que aumentan los salarios, se grava a más contribuyentes.

Señala que esta medida implica realizar una modificación impositiva cada vez que se aprueba una nueva Ley de Presupuesto General del Estado.

Solicitud al TC

La situación ha despertado la inquietud de la sociedad civil, que ha acudido al pleno del Tribunal Constitucional buscando descongelar la indexación del salario. La solicitud fue recibida en audiencia pública realizada el pasado 30 de abril, y se espera una decisión de ese órgano.

Recientemente, el director general de Impuestos Internos, Luis Valdez, explicó que la institución solo aplica lo que establece el marco legal aprobado por el Congreso Nacional. “La DGII, al igual que otras instituciones, está para cumplir las leyes. Desde el año 2016, en cada proyecto de presupuesto se ha contemplado la no indexación, y este año no es la excepción”, expresó.

Dijo que aplicar la indexación es una tarea del Congreso Nacional y que la entidad que dirige solo cumple con las leyes.

Aportes al fisco de los asalariados

El recaudo por ese renglón impositivo entre los meses de enero y abril es el tercero que mayor crecimiento presenta. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mostró un crecimiento para el período enero–abril de este año de RD$47,881.5 millones, un aumento de 13.8 %, equivalente a RD$5,810.7 millones. Este, a su vez, está siendo impulsado por el Impuesto sobre la Renta de Asalariados, que ha aumentado en 13.9 %, es decir, RD$4,603.0 millones más en comparación con enero–abril de 2024. Este aumento se explica por un incremento del 13.8 % en la cantidad de asalariados gravados y un aumento del 15.4 % en el monto retenido. “Este comportamiento positivo refleja un avance en las condiciones del mercado laboral y un crecimiento en los salarios”, indica el informe de recaudo de la Dirección General de Impuestos Internos.

También puede leer: ¿Por qué el Gobierno mantiene congelada la indexación salarial?

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Dilenni Bonilla

Periodista egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), con diplomados en Comunicación Estratégica, Economía, Finanzas y Fondos de Pensiones.

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