SANTO DOMINGO.-A falta de una Ley de extinción de dominio, los narcotraficantes dominicanos prefieren firmar, en caso de ser requeridos, la extradición hacia Estados Unidos pues una vez que cumplen condena o acuerdan con las autoridades norteamericanas, pueden retornar al país y conservar los bienes adquiridos fruto de actividades ilícitas.
Esto así porque el Estado dominicano debe prescindir de toda acción penal en contra del extraditable para que esta pueda ser consumada.
En la práctica, esto ha convertido las extradiciones en un premio en vez de un castigo, alejándose diametralmente de los terrores que representó para los capos colombianos de la época de Pablo Escobar.
La extinción de dominio fue consagrada en el artículo 51, numeral seis de la Constitución que versa sobre derecho de propiedad al hacer referencia sobre los juicios de extinción de dominio.
Un juicio de extinción de dominio consiste básicamente en una acción en contra de un patrimonio que fue adquirido por la comisión de actos ilícitos.
El tema ha adquirido especial relevancia tras los esfuerzos realizados por las autoridades norteamericanas a los fines de desarticular los grandes capitales que permiten a redes mafiosas seguir operando pese a la detención de sus principales cabecillas.
Contra corrupción
En el país, en cambio, el tema se ha promovido como una forma de asegurarle a la población que los bienes sustraídos al erario público por funcionarios corruptos serán extinguidos.
Sin embargo, por la carencia de la legislación, el Ministerio Público se ve limitado y solo puede recurrir a las acusaciones por lavado de activos.
En diciembre pasado el presidente Luis Abinader anunció la contratación de abogados a los fines de emprender acciones para recuperar el dinero “robado por los corruptos”.
En el Congreso, en cambio, se ha agilizado el estudio de esta Ley en comisión bicameral que preside el senador Antonio Taveras.
El enfoque discursivo de Taveras ha sido atacar a los corruptos.
«Se trata de que nadie esté por encima de la justicia, ni senadores, ni diputados, ni siquiera ministros ni el presidente de la República; se trata de fortalecer nuestro sistema de partidos para que los corruptos no sigan penetrando”, dijo el legislador.
A su vez, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco dio garantías de que el hemiciclo apoyaría la propuesta.
Sus declaraciones coinciden con las acciones emprendidas por el Ministerio Público en contra de varios diputados a los cuales vincula a redes de narcotráfico y el crimen organizado pero que están protegidos por un fuero legislativo.
Oposición
Al tratarse de un tema popular, muy pocos legisladores se oponen abiertamente a la pieza y en cambio, optan por hacer comentarios generales y muestran apoyo parcial.
Solo algunos se han atrevido a mostrar cierta oposición públicamente.
Uno de ellos el diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD); Plutarco Pérez, quien expresó que lo que se persigue es presentarle a la población dicha Ley como una gran conquista pero que es inconstitucional al atentar contra la propiedad privada.
“Además la Ley no puede ser retroactiva, es una pose que el gobierno vende a algunos sectores, pero aun cuando se aprueba es inconstitucional y sería una irresponsabilidad del Congreso legislar en contra de la Constitución”, afirmó Plutarco.
También subsiste el temor de que la misma sea empleada para acciones políticas en un futuro, lo que anticipa genere intensos debates en las salas legislativas.
No temer
El consultor Marko Magdic, quien se encuentra en el país para asesorar a los congresistas en la aprobación de una ley de extinción de dominio, pidió no temer su aprobación e implementación, ya que la misma iniciativa contempla controles precisos para evitar que recursos obtenidos legalmente sean confiscados.
Magdic, quien labora para la embajada de Estados Unidos, indicó igualmente que en una Ley de Extinción de Dominio lo ideal es que se castigue cualquier acto ilícito y no solamente algunos delitos, como han planteado sectores.
“La extinción de dominio crea una institucionalidad distinta que no debe ser comparada con otras cosas, esas comparaciones son las que generan dudas. Es diferente con reglas y principios distintos y tiene su propia jurisdicción”, explicó Magdic.
Ataque a bienes
Refirió que entre las particularidades que tiene esta legislación, es que no se dirige contra personas o particulares. “No es un juicio penal ni civil. Es un procedimiento IN REM, es decir, se realiza en contra de un bien, no de una persona”.
A la fecha, países como Canadá, Estados Unidos, México, Guatemala, Honduras, El Salvador, Colombia, Perú, Argentina, Ecuador y Panamá ya tienen ley de extinción de dominio en ejecución.
“Los países del caribe que son angloparlantes tienen esta legislación. En el sudeste asiático, Finlandia, Filipinas. Europa Reino Unido, Italia, Suiza, Bulgaria, Francia, Serbia, entre otros”, dijo.
Agregó que la ley no hace diferencia entre países desarrollados y países pobres, ya que el crimen organizado afecta a todos por igual.
Basado en lo anterior, el especialista dijo que se hace imperioso para las autoridades atacar el crimen organizado desde todos los flancos para evitar que sus estructuras sigan operando.
Resultados a la fecha
Magdic afirmó que hasta el momento la aplicación de la extinción de dominio en otros países ha dado buenos resultados.
“Ha tenido amplia aplicación con resultados muy buenos. Los estándares son distintos y ha permitido afectar de mayor manera los activos de las organizaciones criminales. Todas las leyes de extinción de dominio van en una misma dirección. Los grandes retos de la extinción de dominio están más en la aplicación que en la aprobación”.