Policía y sociedad democrática

Wilfredo Mora NUEVA
Wilfredo Mora

La reforma policial es un concepto lejano, mejor es optar por la democratización de la institución policial. Para ello existen varias vías de aprendizaje como, por ejemplo, la doctrina de la seguridad nacional. La doctrina de la seguridad nacional –en un Estado democrático– influyó en la labor policial al proteger a la ciudadanía, mantener el orden público y respetar los derechos humanos y el Estado de derecho.

La Policía Nacional como tal no tiene unidad, precisa que nuestra democracia no sea débil para permitir el desorden y el caos. Por esta razón, el círculo debe ser: democracia-política pública-sociedad. La reforma policial es una característica de la sociedad democrática y es un elemento de la política criminal.

De ahí que sea muy posible que quienes hablan de reforma policial, no pueden ver que primero está el carácter funcional de la política criminal y luego la sociedad democrática, la que hacen natural la función policial (v. g., cualquier policía europea).

En una policía democrática deberá destacarse que su fuerza es moral, no coercitiva; en una policía reformada, se corre el riesgo de ser una institución que manifiesta poder ante el ciudadano, no un medio de “poder del ciudadano”.
Sólo hasta hace poco, las corrientes modernas del derecho penal alcanzaron un relativo éxito al derivar al cuerpo policial utilizando como instrumento leyes penales sustantivas y adjetivas, para su mejor funcionamiento y para un mayor contacto con la ciudadanía. En una sociedad democrática, el papel de la policía va más allá de la lucha contra la criminalidad.

La Constitución de la República Dominicana establece claramente el papel de la Policía Nacional en varios artículos: en el artículo 255 (Misión de la Policía Nacional) señala que “la Policía Nacional es un cuerpo obediente al poder civil, apartidista y sin facultad para deliberar, y que tiene como misión salvaguardar la seguridad ciudadana; prevenir y controlar los delitos, perseguir e investigar las infracciones penales y mantener el orden público para proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas y la convivencia pacífica, de conformidad con la Constitución y las leyes”.

Pero, con todo y eso, relacionamos los artículos 7 y 8, que establecen que República Dominicana es un Estado social y democrático de derecho, y que la función esencial del Estado es proteger los derechos de las personas y garantizar el orden público respetando esos derechos (respectivamente).

La Policía es una institución propia de un Estado democrático. Pero mientras esta cuestión policial no sea una parte integral de una agenda de política criminal, no se puede avanzar ni en la transformación de la Policía, ni en la democratización, que es lo que representa la formulación acorde al Estado de derecho de la labor policial.

Los últimos sucesos vinculante de la grave inconducta policial –muerte a sangre fría de un ciudadano en una barriada– es uno de otros valores “incorrectos” que definen a la institución policial, cuyos reductos son parte de una ideología de arbitrariedades.

¡Qué es lo que podemos hacer para aspirar a una mejor organización de la Policía? La respuesta es democratizar el sistema de justicia, el cual es compatible con principios del derecho internacional y de derechos humanos.

Con la creación de una ley de comisión de verdad como mecanismo de verdad, rendición de cuentas y supervisión de la actuación policial, se podrá “limitar a los policías”, y garantizar que la actuación policial sea legal y transparente.

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