Nélsida pasó vida procurando la pensión de otros, ahora debe luchar por la propia

Nélsida pasó vida procurando la pensión de otros, ahora debe luchar por la propia

Nélsida pasó vida procurando la pensión de otros, ahora debe  luchar por la propia

Nélsida Marmolejos fue una reconocida dirigente del movimiento sindical y por años fue la encargada de la DIDA.

SANTO DOMINGO.-“Si eso es a ella qué será del resto”, fue la reacción de un integrante de la redacción de EL DÍA cuando se comentaba sobre el título de la presente nota.

Nélsida Marmolejos, quien fuera la primera directora de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y que cotizó como servidora pública por 35 años, está en una situación similar a la de aquellos que fueron traspasados del sistema de reparto al de cotización individual y viceversa.

“Luego de pasarme todos esos años luchando por ayudar las personas a acceder a sus derechos de manera automática, tengo casi, casi, tres años que salí de mi cargo y es la hora que no se me ha dado una pensión, estando tramitada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social, que era mi patrón directo, y solicitada acorde con lo que dice el marco legal y no se me ha dado la pensión que por ley me corresponde”, dice Marmolejos.

Indicó que aquellos que trabajaron en el Estado, pero no completaron los veinte años requeridos faltándole, en algunos casos meses para su cumplimiento, se quedan en un limbo pues al cotizar en el sistema de reparto no se les devuelve el dinero y tampoco tienen la opción del sistema de capitalización individual.

Aseguró que todo eso va en contra de lo que es seguridad social y protección social por parte del Estado.

Origen del problema
En conversación con EL DÍA, Marmolejos hizo un interesante recuento que a su juicio fue el camino que condujo hasta la realidad actual.

Refirió que el sistema de pensiones de la Ley 87-01 inició en el año 2003 y que se trató de un proceso bastante accidentado.

“Las personas que fueron incluidas como afiliadas a las AFP no tenían ningún nivel de información sobre ese proceso”, relata.

Para la fecha fueron creadas la Superintendencia de Pensiones y luego la Superintendencia de Salud en octubre de 2001. Fue para el año siguiente cuando se instituyó la DIDA y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

“Es decir, las dos instituciones básicas para el sistema que eran la DIDA y la TSS para explicar el pro y el contra no fueron conocidas por los afiliados en 2003. Tampoco conocían cuál era el sistema para cotizar porque comenzó en 2002 con la DIDA”.

Fue este el panorama en que miles de personas fueron incluidos en el sistema de capitalización individual, teniendo ya un derecho acumulado pagando en Hacienda como empleados públicos.

Los primeros trabajos
Fueron estas las razones que llevaron a la DIDA hasta ese momento incipiente y con un conocimiento mínimo de lo que era la Ley, a apelar esa situación ante el Consejo Nacional de la Seguridad Social.

El pedido fue simple: que se le diera una oportunidad de regresar al sistema de reparto a todas aquellas personas que habían sido incluidas en el sistema de capitalización individual de manera automática, siempre dependiendo del que les favoreciera.

“Logramos una resolución que durante los meses de julio y agosto de ese año y por un periodo de 30 días, el CNSS autorizó a que esas personas que se habían afiliado automáticamente hicieran el traspaso al sistema de reparto”, comenta.

Pero no fue suficiente pues la mayoría de los afectados no se enteró de ese proceso.
Tras insistencia de la DIDA, se logró una segunda resolución similar a la primera a partir de la que, el CNSS cerró las puertas a nuevos traspasos alegando que la Ley los prohibía.

Fue en la gestión de Max Puig al frente del Ministerio de Trabajo que se lograron mejores avances.
Se emitió una resolución que prometía solucionar el conflicto creando un Comité Permanente de Pensiones para conocer esos casos y estableciendo que no se cerraría la posibilidad del cambio.

Ese comité está integrado por la DIDA , la Superintendencia de Pensiones, Hacienda y las AFP, estos últimos sólo con derecho a voz, pero no de voto.

A partir de ese momento, llegaron a ser transferidos más de 50,000 personas, pero en los últimos años el traspaso se ralentizó llevando a miles a mantenerse en un limbo.

Marmolejos dijo que se añadieron trabas al sistema para que las personas no se pudieran traspasar de manera automática como se había establecido en la resolución.

“Han alegado que si no habían sido afiliados de manera automática y no tenían la edad de 45 años, entonces se quedaban en la capitalización individual, lo que es injusto porque si cotizaste la mayor parte del tiempo en reparto, no se te puede poner en capitalización individual”.

Otras irregularidades
Siendo conocedora del sistema, Marmolejos se va más allá y cita lo que a su entender, se constituyen en injusticias para los afiliados.

“La SIPEN establece en una resolución que no lo dice la ley, que las personas que han cumplido 65 años o más y están en el sistema de capitalización individual y quieren retirarse, se le ha prorrogado la entrega de esos beneficios de manera tal que, lo que están recibiendo es una cantidad ínfima en relación con el salario que devengaban”.

Matusalén
Indica que se si se tiene la edad para retirarse, pero no acumula la cantidad de cotizaciones, la devolución se realiza a partir de un promedio de 110 años de vida para devolverle tres o cuatro millones de pesos.

“Esto supera los promedios de vida que dice la ONE que es de 75 años en algunos casos. Ese dinero que no se le entregue de golpe y porrazo pero que la cantidad represente una proporción decente de sus ingresos normales”.

Servidores públicos irán a la Justicia
Protesta. El coordinador general del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep), Luis Holguín-Veras, anunció que están listos para iniciar próximamente la siguiente etapa, correspondiente a su plan de reclamos dirigido a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

El señor Holguín-Veras indica que en diciembre de 2022 el MOPESEP puso en Mora al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante un recurso de Amparo de Cumplimiento por Inobservancia a la Ley 379-81, la cual establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para los funcionarios y empleados públicos, así como a la Ley 87-01 sobre Seguridad Social.