Namphi Rodríguez: “procesos de deliberaciones del CNM no son públicos”

Namphi Rodríguez: “procesos de deliberaciones del CNM no son públicos”

Namphi Rodríguez: “procesos de deliberaciones del CNM no son públicos”

Namphi Rodríguez, presidente de Fundación Prensa y Derecho.

Santo Domingo.- El jurista Namphi Rodríguez juzgó como improcedente exigir que las fases de evaluación y votación en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) sean públicas, debido a que se trata de deliberaciones de un órgano constitucional, procesos que están exceptuados del escrutinio público por la Ley de Libre Acceso a la Información.

Rodríguez, catedrático de Derecho Constitucional y presidente de la Fundación Prensa y Derecho, dijo que el artículo 17.h de la Ley 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, establece que las informaciones referidas a los consejos así como las recomendaciones y opiniones producidas como parte de un proceso deliberativo previo a la toma de decisiones están excluidas del acceso a los ciudadanos hasta tanto se adopte la decisión.

“Los procesos de deliberaciones del CNM no son públicos, esa fase de los órganos colegiados se encuentra dentro de las limitaciones al acceso en razón de intereses públicos preponderantes de la Ley 200-04”, dijo.

Sin embargo, el jurista se mostró partidario de que una vez tomadas las decisiones del CNM se dé acceso a los ciudadanos y a los medios de comunicación a las actas de deliberación y votación para garantizar la transparencia del proceso.

Rodríguez puntualizó que lo que estipula el artículo 18 de la Ley 138-11, del CNM, es que ese órgano constitucional debe someter a vista públicas a los candidatos que aspiren a las altas cortes, así como que puede realizar investigaciones sobre la hoja de vida de los postulantes.

Sobre la propuesta del senador de Puerto Planta y miembro del CNM por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, para que los aspirantes sean sometidos a pruebas sicométricas y sicológicas, Rodríguez dijo que tiene sus reservas porque ello podría agregar “un alto componente de discrecionalidad administrativa a una decisión de un órgano constitucional y político como el CNM”.

“Aunque el artículo 17 de la Ley parece permitir incluir adicionalmente a las vistas públicas otros métodos de evaluación, hay que tener cuidado de no desbordar los límites fijados por la Constitución”, subrayó.

Adujo que aunque son importantes los méritos personales y profesionales de los candidatos, no se puede olvidar que el CNM diseño constitucional del CNM es para que se expresen las principales fuerzas políticas del país.



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