La Defensa Pública de Costa Rica, define Justicia Restaurativa como “…una herramienta que le permite a las partes intervinientes en un proceso, resolver el conflicto de manera integral, con la participación de un equipo de trabajo interdisciplinario que colabora para que las partes en el proceso obtengan una solución a su conflicto” En donde la persona ofendida con el suceso ocurrido, asuma las responsabilidades causadas a la víctima, mediante la reparación de daño causado, entre otras compromisos para una cultura de paz.
Para implementar en la República Dominicana la denominada “Justicia Restaurativa”, forma de abordar los conflictos mediante un equipo multidisciplinario tanto en jóvenes como adultos, en el acta 36-2018 del miércoles 10 de octubre de 2018, en el oficio marcado CDC núm. 0890/2018 del día 4 de ese mes, la señora Mariloy Díaz Rodríguez, quien en entonces fungía como directora general de Administración y Carrera Judicial, propuso “…la instauración de un Plan Piloto para implementar la Justicia Restaurativa en la Jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes del Departamento Judicial de Santiago, con la intención de responder de mejor forma a la protección a las víctimas de ilícitos penales y a la reinserción social de los adolescentes infractores”.
A la vez manifestó, el “Plan Operativo, debe de contar con el apoyo de la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia (DIGNAF), el Centro de Mediación Jurisdiccional, la Escuela Nacional de la Judicatura”, y otras instancias para su puesta en funcionamiento.
En relación a ese proyecto, le puede interesar leer la noticia “Poder Judicial impulsa proyecto de Justicia Juvenil Restaurativa”, 24 de febrero de 2022. https://eldia.com.do/poder-judicial-impulsa-proyecto-de-justicia-juvenil-restaurativa/
Así como https://poderjudicial.gob.do/poder-judicial-impulsa-proyecto-de-justicia-juvenil-restaurativa/, https://acento.com.do/opinion/justicia-restaurativa-200198.html, https://eldia.com.do/justicia-restaurativa/, https://eldia.com.do/iii-congreso-latinoamericano-de-justicia-restaurativa/
Para asumir este y otros compromisos en relación a la paz social del país, el Poder Judicial vía sus planes estratégicos ha delineado acciones y planes que buscan consolidar la búsqueda de salidas alternas a los conflictos de la ciudadanía y para estos fines ha conformado lo que ha denominado comisiones.
Formación de Comisiones Plan 20/24
Mientras en el 2020, el Consejo del Poder Judicial emitió la resolución 002-2021 de 23 de febrero de 2021, en la cual “Aprueba la conformación de Comisiones Ejecutivas y Grupos de Trabajo para los proyectos estratégicos del Poder Judicial en el año 2021”.
Con el objetivo definido en el artículo 1, en el cual sostiene que “La presente resolución tiene por objeto crear comisiones ejecutivas y grupos de trabajo que acompañen la ejecución de los proyectos del Plan Operativo del año 2021; así como determinar la conformación y metodología de estas comisiones ejecutivas y grupos de trabajo…”
Resalta en el artículo 5 en el párrafo IX la conformación de la Comisión Ejecutiva para Personas en Condición de Vulnerabilidad integrada por personas que su esfuerzo es “…facilitar el acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad en donde en la letra C resalta “ampliación de canales de acceso para solución de conflictos”; entre otros mecanismos.
https://transparencia.poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/resoluciones_pj/RPJ_rcpj002_2021.pdf
Jueces y Resolución Alterna de Conflictos
Luego, el cinco de mayo de 2020 el Consejo del Poder Judicial estableció en Cámara de Consejo mediante la resolución 003-2020, 12 Comisiones de Trabajo de Juezas, Jueces y Servidores (as) Judiciales y 11 grupos con responsabilidades nacionales con el objetivo de impulsar proyectos de “transformación del sistema de justicia”.
En donde su artículo 13 indica que “Se establecen Grupos de Trabajo para la Ejecución del Plan Estratégico, cuyo objetivo es apoyar y acompañar en los proyectos definidos para la implementación del plan estratégico “Visión Justicia 20-24″ del Poder Judicial, Comisiones de Trabajo de Juezas, Jueces y Servidores(as) Judiciales en los cuales ha quedado establecido la responsabilidad de cada uno de estos grupos”.
Estos grupos de trabajo han sido formados partiendo de los productos priorizados por el Poder Judicial y su composición será la siguiente:
Se ha sustentado que el objetivo de estas comisiones y subcomisiones “…es apoyar y acompañar en los proyectos definidos para la implementación del plan estratégico “Visión Justicia 20-24″ del Poder Judicial, en los cuales ha quedado establecido la responsabilidad de cada uno de estos grupos”, como expresa el artículo 13, en su numeral 2 establece el Grupo de jueces para los Métodos Alternos de Resolución de Conflictos del Poder Judicial compuesto:
Samuel Arias Arzeno, Juez Suprema Corte de Justicia y su par, Magistrada Nancy Salcedo, quien a la vez, representa a ese órgano como Consejera del Consejo del Poder Judicial
Luego le sigue la Magistrada Arelis Socorro Ricourt Gómez, Jueza Coordinadora del Departamento Judicial de La Vega y presidenta de la Corte Civil de esa jurisdicción.
Dentro del equipo de jueces y juezas que también son parte están: Octavia Carolina Fernández Curi, Jueza; Yokaurys Morales Castillo, Jueza; Eunice Minaya, Jueza; Radhar Antonio Coronado Romero, Juez; Rosa Angélica Rodríguez Nina, Jueza; Wanda Victoria Deño Suero, Jueza; Ana Elva Jiménez Ventura, Jueza; Manuel Ureña Martínez, Juez; Yuleika Henríquez, Jueza; Félix Manuel Reyes Vásquez, Juez la licenciada Jassely Cristal Mera Martínez, funcionaria de la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ). https://eldia.com.do/comision-jueces-pro-metodos-alternos-resolucion-de-conflictos/ y https://eldia.com.do/decisiones-en-metodos-alternos-en-el-poder-judicial/