Matrimonios y familias durante el siglo XIX

Matrimonios y familias durante el siglo XIX

Matrimonios y familias durante el siglo XIX

Copia faxcimilar de uno de los documentos conservado en el Archivo General de la Nación sobre asuntos familiares.

En el plano político, el siglo XIX en Santo Domingo se caracterizó por acontecimientos que pueden ser referidos de manera sucinta tomando como punto de partida las invasiones haitianas en 1801 y 1805.

En este último año se instaló la denominada Era de Francia hasta 1809, cuando triunfó la Guerra de la Reconquista.

En diciembre de 1821 Santo Domingo fue proclamado Estado Independiente de Haití Español. Dos meses después fue ocupado por las autoridades haitianas hasta 1844, cuando fue proclamada la Independencia Nacional. Entre 1861 y 1865, el país fue reincorporado a la monarquía española. Se sucedieron varios presidentes y el siglo cerró con el último periodo de gobierno de Ulises Heureaux, asesinado en 1899.

Aquellos trascendentales eventos impactaron a la sociedad dominicana al nivel general e inevitablemente en el ámbito personal. Incluso en medio de los mayores conflictos y transformaciones, prevalecen, no obstante, las motivaciones para el surgimiento de relaciones de amistad o enemistad, odio y perdón, amor o desamor.

Las historias de vida, sin embargo, constituyen un espacio muy poco conocido. Una de sus vertientes son las relaciones de pareja en el siglo XIX, época en la cual la palabra empeñada comprometía el honor de quien la daba y representaba una garantía para el que la aceptaba.

El Archivo General de la Nación conserva documentos producidos durante el siglo XIX referentes a contradicciones ocasionadas por incumplimientos de compromisos de matrimonio. Registran situaciones que permiten evaluar el grado de autoestima que las damas poseían en circunstancias donde predominaban tradiciones que prescribían ocultar ofensas contra las mujeres para evitar perturbaciones a la paz familiar.

A veces las relaciones no terminaban de la manera en que habían comenzado, a tal punto que algunos casos acababan en la justicia. Resulta válido destacar eventos en los que sobresalen mujeres reclamando derechos, especialmente ante instancias judiciales, para defender su decoro ante el irrespeto del hombre que faltaba a su compromiso.

Una nueva promesa
El martes 9 de julio de 1833, Francisco Sánchez, habitante de Mata Palacio, jurisdicción de El Seibo, declaró ante el notario Domingo Pérez que llevaba un año y seis meses conviviendo en unión amorosa bajo promesa de matrimonio con María Coluna Sánchez, viuda de Leandro Leonardo.

El declarante admitía que no había podido efectuar el casamiento por varios inconvenientes.

Debido al incumplimiento, María Coluna Sánchez demandó a Francisco ante el juez de paz de esa comunidad para que decidiera sobre el compromiso de matrimonio y evitar el deshonor que le causaba el retraso.

Ella era una mujer honrada que deseaba dar el ejemplo ante su familia, declaraba la señora Sánchez.

Ante tal demanda, Francisco Sánchez acudió al citado notario y firmó un nuevo acuerdo, en el que aseguraba que el matrimonio se realizaría en el plazo de un año y que, en caso de no cumplir, la indemnizaría con la suma de cien pesos. Además, se comprometía a que si les nacía algún hijo dentro de ese plazo, lo reconocería ante el oficial público correspondiente.

La dama aceptó el nuevo compromiso de Francisco, según consta en el documento, que fue firmado por el notario y los testigos José Antonio Alfonseca, de oficio carpintero, y José María Morales, zapatero.

Cien pesos y ocho cerdos
Según consta en un acta notarial fechada el 21 de noviembre de 1842, la señora Gerónima del Pilar tenía una demanda interpuesta contra Cosme Sánchez ante el Tribunal de Paz de El Seibo, debido a que este no cumplió una promesa de matrimonio.

En consecuencia, ambos se presentaron ante el notario público Francisco de Sosa para convenir una indemnización. En este caso, la indemnización consistió en cien pesos y ocho cerdos de crianza.

Por incumplimiento
José del Carmen Mercedes y María Juliana Montero, residentes en Sabana del Soco, en El Seibo, acudieron el 22 de febrero de 1848 ante el escribano público Juan Santín a formalizar un acuerdo mediante el cual el señor Mercedes se comprometió a pagar 300 pesos en el término de ocho meses como indemnización por los perjuicios y dilaciones ocasionados por el incumplimiento de su promesa de matrimonio.

De un comandante
Simón Antonio Campos, comandante de armas de San Juan Bautista de Bayaguana, debía trasladarse a brindar sus servicios a las provincias del Cibao, pero deseaba dejar constancia de su voluntad de regresar y celebrar el matrimonio con Eduviges Contreras.

De acuerdo con los documentos, a las ocho de la mañana del 4 de abril de 1860, el comandante de Armas acudió acompañado de su prometida ante el alcalde constitucional, José de la Paz Tamaris, y declaró que deseaba contraer matrimonio con Eduviges en el término de un mes a partir de la firma del acto.

También acordaron que si algún inconveniente impedía cumplir lo pactado, el acuerdo quedaba sin efecto para ambas partes.

Los anteriores casos son una pequeña muestra de documentos que se conservan en el Archivo General de la Nación, referentes a promesas de matrimonios.

Además, se atesoran documentos sobre temáticas similares, como cartas de dote con la descripción de bienes aportados al matrimonio, partición de bienes, declaraciones de oposición a matrimonios, entre otros, que aportan informaciones sobre las costumbres y normas predominantes en el siglo XIX, que pautaban el comportamiento de hombres y mujeres con respecto a sus compromisos matrimoniales.

Costumbres

— En documentos
El Archivo General de la Nación conserva documentos sobre promesas de matrimonio, la compulsión ante un juez para su cumplimiento y otros asuntos, como cartas de dote con la descripción de bienes aportados.

*Por JOSÉ M. VÍLCHEZ

(SUBDIRECTOR DEL AGN)



El Día

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