Los invasores de terrenos deben ser desalojados

Los invasores de terrenos deben ser desalojados

Los invasores de terrenos deben ser desalojados

Johnny Guerrero

El 18 de abril del año 2023, dirigentes de varias organizaciones sociales dirigieron una carta al Presidente Abinader solicitándole que ordene por decreto la suspensión de todos los desalojos forzosos en el país, y que establezca una campaña de “Cero Desalojos”. Algunas de las organizaciones que firman tal solicitud tienen una trayectoria de lucha en defensa de los mejores intereses del país.

Sin embargo, es sorprendente que organizaciones con ese historial de lucha puedan hacer al Presidente de la Republica una petición de esa naturaleza, que afecta los intereses de un sector tan amplio de la población como lo son el pequeño y mediano propietario.

La realidad actual es que se han organizado en gran parte de la geografía nacional bandas de desaprensivos, integradas por elementos pertenecientes al lumpen proletario y por extranjeros, cuyo propósito es ocupar violentamente pequeños y medianos inmuebles, pero respetando siempre los grandes latifundios, cumpliendo con el decir popular de “cortar la soga por lo más fino”.

Se podría entender la petición de las referidas organizaciones, si hicieran una o varias peticiones específicas sobre ocupaciones de cuarenta o cincuenta años y donde se hayan forjado barrios y grupos poblacionales integrados por cientos de viviendas y miles de pobladores, cuyo desalojo constituiría un problema social para el gobierno. Pero hacerle una petición al Presidente Abinader en esos términos, que abarca todo el país y todos los casos, y de establecer una campaña de Cero Desalojos, constituye una miopía política de grandes proporciones, porque los sectores políticos que están detrás de esas organizaciones parece que ignoran el costo político que implicaría, tanto para el gobierno como para ellos, que el Presidente Abinader favoreciera una petición de esa magnitud, que afecta los intereses patrimoniales de un sector social tan importante como son los miles de pequeños y medianos propietarios de tierra de nuestro país.

Los reclamos del movimiento campesino de los años 70 y 80 del siglo pasado, para que el gobierno repartiera tierras, estaba enfocado en los grandes latifundios, que habían sido afectados por las leyes agrarias de Balaguer y por el numeral 3 del artículo 51 de la Constitución que “declara de interés social la dedicación de la tierra a fines útiles y la eliminación gradual del latifundio. Es un objetivo principal de la política social del Estado, promover la reforma agraria y la integración de forma efectiva de la población campesina al proceso de desarrollo nacional, mediante el estímulo y la cooperación para la renovación de sus métodos de producción agrícola y su capacitación tecnológica”.   Hoy, en cambio, existen en el país bandas delincuenciales dedicadas a invadir pequeños y medianos predios para venderlos a personas que se dejan engañar por estos elementos desaprensivos.

La propiedad privada en República Dominicana está amparada por la Ley No. 5869 de fecha 24 de abril de 1962, que establece en su artículo 1, “que toda persona que se introduzca en una propiedad inmobiliaria urbana o rural, sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario, será castigada con la pena de tres meses a dos años de prisión correccional y multa de diez a quinientos pesos”.

Asimismo, la Constitución de la Republica establece en su artículo 51 que “El Estado reconoce y garantiza el derecho de propiedad. La propiedad tiene una función social que implica obligaciones. Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes”.

Si el presidente Abinader aceptara una propuesta en los términos en que lo hacen las referidas organizaciones, pondría en peligro todo el engranaje que implica la propiedad privada en la Republica Dominicana, especialmente, la propiedad perteneciente a los sectores pequeños y medianos de la población, porque los invasores de tierra respetan el latifundio, ya que esas propiedades están protegidas por personal armado que les impide ingresar a esos predios.

El abogado del Estado está en la obligación de facilitar la fuerza pública a los legítimos propietarios de tierras y desalojar a los invasores, tal y como está establecido en nuestro ordenamiento jurídico.

Es improbable que el Presidente Abinader emita un Decreto suspendiendo todos los desalojos forzosos del país, ya que tal decisión significaría darle luz verde a los grupos desaprensivos, invasores consuetudinarios de terrenos ajenos, para que anarquicen la tenencia de la tierra en el país, y se paralicen las inversiones en este importante sector de la economía.

Una decisión de esa naturaleza estaría en contradicción con el Decreto No. 668-22, emitido por el presidente Luis Abinader hace apenas cinco meses, el 11 de noviembre de 2022, el cual dispone en su artículo uno “que la policía nacional establezca una unidad especializada para la prevención y persecución de las invasiones y ocupaciones irregulares de la propiedad privada y del Estado”, y en el artículo dos  “instruye  al ministro de Interior y Policía y al director general de la Policía Nacional, proceder, en el marco del debido proceso y de conformidad con la ley, con la persecución y sometimiento a la justicia de aquellos extranjeros que participen en ocupaciones ilegales de terrenos de propiedad privada o propiedad del Estado”.



Johnny Guerrero

*Es abogado. Secretario General del Capitulo dominicano de la Asociación Americana de Juristas (AAJ). Miembro de: Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); Campaña Dominicana de Solidaridad con Cuba y Foro Social Alternativo (FSA).

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