
Lejos de denostar a la justicia dominicana, quisiera resaltar sus virtudes, autonomía y equidad. Pero si lo hago, la realidad, desnuda, me estrujaría en la cara cualquier posibilidad.
El caso del acuerdo de devolución de unos RD$ 3 mil millones al Estado, por parte de Maxy Montilla y otros acusados de haber sustraído más de RD$ 20 mil millones a través de “contrataciones públicas fraudulentas y sobrevaluadas”, vuelve a poner en tela de juicio la fragilidad del sistema judicial.
Una figura jurídica en el Código Penal permite este tipo de acuerdos entre el Ministerio Público y los acusados que estén dispuestos a colaborar con delaciones que contribuyan a descubrir todo el entramado en investigación.
No obstante, acuerdos como este generan muchas interrogantes.
Por qué el caso de los imputados no se dilucida publicamente en los tribunales?
Por qué si el Estado busca un resarcimiento por 50 millones de pesos del grupo de timadores, a Montilla se le acepta solo tres mil millones?
Si Montilla aceptó conforme entregar 3 mil millones, cuánto de lo sustraido quedará en su poder?
No es necesario ser un erudito para saber que un acuerdo puede atenuar la pena o ser un elemento a considerar en la sentencia, pero la culpabilidad se determina por la existencia del delito de apropiacion indebida, que implica al apoderamiento ilícito de un bien ajeno con ánimo de lucro. En este caso, admitido por defecto.
El acto de devolución, aunque puede mostrar una intención de reparar el daño o de no buscar un beneficio final, no anula la intención del acto inicial.
El Articulo 50 de la ley 76/02 merecer ser enmendado. Pues se deja abierta la posibilidad de que otros funcionarios, servidores o contratistas puedan animarse a estafar al Estado y luego quedar libre con solo devolver un insignificante porcentaje de lo sustraido y delatar a sus complices.
A menos que a éste lo preceda un acuerdo politico.