Datos de la mediación escolar en República Dominicana. Es oportuno señalar que en la República Dominicana vía el Ministerio de Educación (MINERD), ha realizado tres publicaciones para fomentar la convivencia en las escuelas e instituciones educativas. Con el apoyo técnico y financiero del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), ha publicado tres textos que regula y a la vez, instruye a las autoridades educativas de sus 18 regionales, sus distritos educativos y a las escuelas; a formar niños, niñas, adolescentes y adultos (padres y docentes) como mediadores escolares.
En ese mismo orden, actuando en coordinación, el MINERD y el Consejo Nacional para la Niñez, y la Adolescencia (CONANI), con el objetivo de favorecer el “desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, el Sistema de Protección de la Niñez y Adolescencia en la República Dominicana, establecido en la Ley 136-03, promueve el trabajo articulado de todas las instituciones públicas y privadas, reforzando los roles de cada ente con responsabilidad al respecto. La formalización de las presentes normas constituye el primer compromiso sectorial hecho efectivo, entre el conjunto de reglamentaciones que establece dicha Ley, bajo responsabilidad de las diferentes carteras de la gestión pública”. Bajo esa premisa, las autoridades educativas tienen la iniciativa de promover la convivencia escolar bajo la modalidad de la Resolución Alterna de Conflictos (RAD-RAC-MARCs), la Mediación de Conflictos.
Previamente fue publicada las autoridades habían publicado “Normas del Sistema Educativo Dominicano para la convivencia y la disciplina escolar en los centros educativos públicos y privados”, en abril del 2011; la cual solo planteaba reglas disciplinarias y jornadas educativas para fomentar la convivencia escolar. http://ainep.edu.do/wp-content/uploads/2016/02/normas_sistema_educativo_dDominicano.pdf
Ambas instituciones gubernamentales en coordinación con entidades de la sociedad civil a favor de la niñez (nacionales e internacionales), publicaron la segunda edición titulada “Normas del Sistema Educativo Dominicano para la Convivencia Armoniosa en los Centros Educativos Públicos y Privados”. Puedes leerla en: https://www.ministeriodeeducacion.gob.do/docs/licitaciones-oai/hWl8-7-normas-de-convivencia-final-imprentapdf.pdf y también en: https://virtual.issu.edu.do/pluginfile.php/833/mod_resource/content/1/Normas_de_convivencia_16-0_-014.pdf, define la función de la mediación en su artículo 5. Mientras, el artículo 10 plantea, la obligación de las autoridades educativas para fomentar equipo de mediación por centros educativos.
En ese mismo orden, el artículo 32 de las “Normas del Sistema Educativo” destaca los tipos de conflictos a ser intervenidos vía el Equipo de Mediación. Por último, el artículo 34 sostiene que el “Objetivo del Equipo de Mediación será buscar soluciones, mediante la aplicación de medidas oportunas y adecuadas para la convivencia, que no amenacen o vulneren los derechos de los/las estudiantes, propiciando un horizonte conciliador, armonioso y que eduque a toda la comunidad”.
Otras publicaciones propias de la Mediación de Conflictos y de mucho interés, son: Guía práctica para el desarrollo de competencias en mediadores. Julio 2016. https://www.ministeriodeeducacion.gob.do/docs/licitaciones-oai/contenido.pdf . La mediación como herramienta de resolución de conflictos en el sistema educativo dominicano. Manual de entrenamiento para facilitadores. Julio 2016. https://www.ministeriodeeducacion.gob.do/docs/licitaciones-oai/ctpB-6-contenidopdf.pdf y Estudiantes mediadores por una cultura de paz (Minerd), mayo 2018. https://www.ministeriodeeducacion.gob.do/docs/licitaciones-oai/AeiJ-3-guia-de-apoyo-mediacion-de-pares-unicefpdf.pdf
Sobre esas publicaciones citadas, entiendo que la Minerd debería despojar de esa responsabilidad a la Dirección de Orientación y Psicología y promover una resolución que defina estructura, mediadores, facilitadores a nivel nacional, que podría ser una Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos Educativos (DINARACE), que se ocupe de esas tareas en todo el país, para su consolidación e implementación con el seguimiento debido. Con su estructura en las 18 regionales y los distritos educativos. Mientras tanto usted puede continuar informándose por esta vía https://eldia.com.do/hagase-persona-mediadora-desde-la-rd/.
Licenciatura en Gestión de la Mediación Educativa
Esta es otra licenciatura oportuna para las personas que ejercen la función de maestros en las escuelas gubernamentales y privadas. Igual que las demás licenciaturas, en esta disciplina, la duración es de dos años. Ventaja que vislumbro para aquellas personas interesadas en obtener un título universitario de tan alta relevancia. Recuerden, que para profesionalizarse en adultos están otros detalles en la pasada columna Conflictos y Mediaciones: https://eldia.com.do/licenciaturas-mediacion-conciliacion-arbitraje-y-negociacion/
Esa facilidad la ofrece la Universidad de Concepción del Uruguay de la República de Argentina, que como todos sabemos estos métodos alternos están regulados por la Ley de Mediación y Conciliación No. 24.573 de 1995, una ley federal y la Ley 26.589 del 15 de abril del 2010. Al igual que la anterior, columna esta licenciatura tiene 2 años para su culminación y la modalidad es a distancia. Cuenta con el reconocimiento oficial y de validez nacional tal como detallan sus organizadores del número RM N0. 611/05ME/Res. 139/21CSU. El cual está coordinado por el profesor Carlos Andrés Neuman.
Alcances que poseerá la personas egresada de esta licenciatura es 6 propósitos fundamentales, dentro de los cuales están: “Diagnosticar conflictos educativos desde la Teoría General del Conflicto, Asesorar a instituciones educativas en el manejo adecuado de conflictos educativos, Participar en programas y proyectos de formación de docentes en el área de conflictos educativos, -Realizar estudios e investigaciones en gestión de conflictos y violencia escolar, Desempeñarse como Mediador Educativo en los distintos Niveles del Sistema Educativo según corresponda a su título de formación de base o al nivel en el que se desempeñe como docente” y los de “Promover la implementación de programas de mediación en el ámbito educativo. Difundir y promover la reflexión sistemática sobre la práctica de la mediación en el ámbito educativo”.
Los requisitos que debe reunir la persona interesada están desde la de ostentar un nivel de educación superior en las áreas de las Ciencias Sociales y de Humanidades, con no menos de 3 años y que posean 1,700 horas de realización. Además, el profesor para la Educación Superior en cualquier área disciplinar o equivalente, profesor para la Enseñanza Secundaria o Media en cualquier área disciplinar o equivalente con planes de estudios de no menos de cuatro (4) años de duración y no menos de 2.800 horas.
Contiene también como requisitos la de profesor para la Enseñanza Primaria o equivalente, profesor para la Educación Inicial o equivalente con planes de estudios de dos años y medio (2 1/2) de duración como mínimo y no menos de 1.700 horas. Asistentes Sociales o Trabajadores Sociales, y no docente de carreras de no menos de tres (3) años de duración y no menos de 1.400 horas que se desempeñen como docente en instituciones educativas, acreditadas no menos de dos años de antigüedad en el ejercicio de la docencia.
Las asignaturas que contiene esta licenciatura en resolución de conflictos educativos están en su primer año: Introducción a la Resolución de Conflictos (Bimestral), Introducción a los Conflictos en la Comunidad Educativa (Cuatrimestral), Teoría de la Comunicación (Bimestral), Teorías Pedagógicas Contemporáneas (Cuatrimestral)
Taller de Alfabetización Académica (Cuatrimestral), Teoría del Conflicto (Bimestral), Mediación Educativa I (Cuatrimestral)
Inteligencia Emocional (Bimestral), Análisis y Gestión Institucional (Cuatrimestral).
Indica que para el segundo año tienen para impartir las asignaturas: Mediación Educativa II (Bimestre)
Proceso de Mediación Educativa (Bimestral), Taller de Recursos informáticos, Tecnología e Innovación (Cuatrimestral)
Política y Legislación Educativa (Cuatrimestral), Diseño de Sistemas de Resolución de Conflictos (Bimestral), Seminario de Educación en y para la Diversidad (Bimestral), Seminario de Estudio de Casos (Cuatrimestral) y las de termino: Taller de Elaboración de Trabajo Final (Cuatrimestral) y Trabajo Final de Intervención.
Licenciatura En Gestión de la Mediación Educativa
Otra licenciatura en mediación educativa, es la que ofrece el Instituto de Investigación para la Innovación Educativa , la cual se define que está regulada como entidad formadora bajo el código No.43REGEF y por la Ley de Argentina, marcada con el número 26589. La modalidad de recibir la docencia es virtual. Posee un reconocimiento el título Oficial de Validez Nacional 611/05ME.
Este título está avalado Universidad de Concepción del Uruguay – Entre Ríos e inicio en abril de este 2022. Este posee los mismos requisitos que la otra licenciatura destacada en los primeros párrafos. Los interesados pueden encontrar más detalles en: https://ucu.edu.ar/project/licenciado-en-gestion-de-la-mediacion/ y https://www.institutoie.com.ar/lme, también encontraran un artículo del que fuera director del Sistema Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (SINAREC) de la Procuraduría General de la Republica, Ángel Gomera; en: https://elcorreo.do/la-mediacion-escolar-estrategia-ante-la-violencia/ https://elnuevodiario.com.do/la-mediacion-escolar-estrategia-ante-la-violencia/