Ley crea sistema emergencias benigna para quienes obstruyen ambulancias

Ley crea sistema emergencias benigna para quienes obstruyen ambulancias

Ley crea sistema emergencias benigna para quienes obstruyen ambulancias

Honda Civid al que apenas se le aplicó al conductor una multa de mil pesos por obstruir el paso a una unidad de emergencia.

SANTO DOMINGO.-La sanción establecida al conductor del carro marca Honda Civic que obstaculizó el paso a una unidad de emergencia en días recientes en el elevado de la avenida John F. Kennedy puso de relieve la necesidad de que se aplique la Ley 163-17, que establece multas de hasta RD$70 mil pesos a quienes infringen o cometen faltas de esa índole.

Esa “aparente” fragilidad en la aplicación de multas “no tan benignas”, con la que fue favorecido el infractor obedece a que en el país aún se sigue aplicando la Ley 12-07 a personas que obstruyen a las unidades de ayudas, o sea, del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, Cuerpos de Bomberos, la Policía Nacional y otras entidades de auxilio.

Esto trae como consecuencia un retraso en las atenciones en caso de ir en ayuda de personas, sea por accidentes, posibles muertes por una alerta de salud, incendios de sus viviendas y otros casos de emergencias, ya que muchos conductores por omisión o falta de educación obstaculizan el paso a las ambulancias y demás unidades que van a brindar servicio cuando les piden ayuda.

La retención de unidades implica devolución en 72 horas, si tienen sus debidos documentos.

Uso helicópteros
La situación es tan recurrente que en ocasiones autoridades, especialmente en las denominadas horas picos, se han tenido que valer hasta de helicópteros para trasladar heridos o pacientes que están a punto de morir porque requieren de intervención rápida.

Otra situación relacionada y que obstaculiza es cuando conductores se detienen a grabar con celulares los accidentes de tránsito y casos que requieren el paso de las unidades, complicando así el accionar de los paramédicos, bomberos y otros socorristas que deben llegar al hecho del accidente o lugar donde se produce la tragedia.

Multas
Como promotor de la la Ley 63-17, conocida como Ley de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial en la República Dominicana, que establece normas y regulaciones relacionadas con el tránsito y la seguridad vial en el país, el diputado Tobías Crespo afirma que las sanciones están clasificadas sobre la base de salarios mínimos, dependiendo de la gravedad de la infracción.

“Hay tres tipos de sanciones: leves, que van de uno a tres salarios mínimos; cuando se aprobó la ley el salario mínimo era de 5 mil, ahora es de 10 (es decir, que ahora la leve va de 10 a 30 mil; grave, va de 1 a 5 salarios mínimos (10 a 50 mil) y muy grave de 1 a siete salarios mínimos, que sería de 10 a 70 mil pesos) si se aplica la Ley 163-17, lo que quiere decir que la nueva ley no es tan benigna, como la gente lo percibe”, comentó Crespo.

Sin embargo, el legislador precisa que el error está en que se sigue aplicando la Ley 12-07 respecto a las multas, que establece el pago de una quinta parte si la infracción es leve y una tercera parte si es grave. Eso quiere decir que apenas se cobran mil pesos por infracciones leves y mil 650 por las graves.

“Dado que el Poder Ejecutivo no ha empezado a aplicar las multas de la Ley 163-17 se sigue con la anterior; ahora, si el Gobierno empieza a aplicar las tarifas de la nueva resultan más elevadas para los ingresos promedios o ingreso per cápita… pudiéramos decir que no tiene sentido que estemos con una nueva ley y las sanciones que se aplican es con la vieja ley de hace 20 años”, precisó Crespo, quien fuera en una ocasión director de Tránsito Terrestre.

Atribuye la situación a que la aplicación tiene un costo político, ya que la gente no quiere pagar altos impuestos. Para despolitizar el tema, y que el Poder Ejecutivo no sienta temor a la aplicación de la ley, sometió ante el Congreso Nacional un nuevo anteproyecto para reducir en un 75 por ciento el pago, pero que se cumplan las disposiciones.

Entiende que ninguna gestión va a incrementar los impuestos por esas infracciones tomando en cuenta que la ley impone multas equivalentes al salario del mes entero.

“En definitiva el régimen sancionador está basado en dos principios, el de racionalidad y proporcionalidad, es decir, el primero quiere decir que debe estar de acuerdo a los ingresos per cápita del dominicano, no similar a una que se aplique en Europa o Estados Unidos, donde los ingresos son mayores, y proporcional, porque no es lo mismo una luz roja, carrera de auto, sino en relación al daño”, comentó.

Exhortación
Harold Jiménez, subdirector del 9-1-1, llama a los conductores a que cedan el paso a las emergencias y que al percatarse de las luces con centellas (de colores rojos y sirenas) se muevan hacia los laterales derecho o izquierdo dando el paso a las unidades de emergencias.

“Deben dejarle el centro, y por igual dependiendo por el tramo que este fluyendo el tránsito, por eso decimos ceda el paso a las emergencias dependiendo del punto donde se encuentren”, comentó el funcionario, quien afirmó que el pago de las sanciones está contemplado en la ley.

Resistencia

— Sindicatos.
Entre las razones por las que no se ha aplicado el nuevo régimen sancionador está la resistencia de los dirigentes choferiles y los sindicatos. El caso de las retenciones de unidades igual, es por 72 horas, lo que facilita violaciones.

En redes se observa bloqueo bomberos
Casos. Son comunes los conductores que se dan la tarea de obstruir el paso a vehículos de emergencias. La última situación fue captada en un video en el que un conductor de una guagua del transporte público obstruyó la circulación de un camión del cuerpo de bomberos en Los Alcarrizos, el cual se dijo que iba a una emergencia de incendio.

El chofer de la guagua supuestamente insultaba y emitía términos amenazantes contra los ocupantes del vehículo de emergencia.

 



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