Las playas son bienes de uso público convertidos en soporte de economía

Las playas son bienes de uso público convertidos en soporte de economía

Las playas son bienes de uso público convertidos  en soporte de economía

El 21 de septiembre se celebró el Día Mundial de Limpieza de Playas y Costas, a cuya labor se incorporan varias entidades.

SANTO DOMINGO.-Las playas representan un recurso fundamental no solo para la recreación y disfrute de la población, sino un bien estratégico económico de la nación, ya que, sobre ellas descansa la mas importante actividad que impulsa el desarrollo del país: El turismo, el cual aporta más del 8 por ciento del Producto Interno Bruto (PBI).

Al conmemorarse el “Día Mundial de Limpieza de Playas y Costas”, el pasado 21 de septiembre, Francisco Ortiz, abogado especialista en derecho ambiental, pone en contexto la necesidad de sensibilizar para preservar estos ecosistemas libres de contaminación.

“Todo ciudadano puede disfrutar, acceder, pernoctar, recrearse en estos espacios, con la particularidad de no tener que pedir permiso, como sucede en algunas áreas protegidas”, sostiene Ortiz.

Especifica que las playas son consideradas según la Constitución de la República y la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente, como bienes de dominio público marítimo, terrestre o de costas, que pertenecen al Estado y no a nadie en particular, y sobre ellas no existe derecho de propiedad privada.

Prohibiciones
“Cualquier actividad que implique la restricción del derecho que tiene el ciudadano de accesar a las playas está prohibido, por esa razón no se puede delimitar con cerca, tomarla como propiedad privada, impedirle el tránsito a alguien o que pernocte, en ellas”, sostiene el experto.

Igual ocurre con actividades como extraer arena, construir sin la autorización del Poder Ejecutivo y el Ministerio de Medio Ambiente, verter desechos o introducir máquinas que compacten o dañen la arena, sustraer elementos de la biodiversidad como especies costeras dígase plantas marinas, crustáceos.

Dichas faltas conllevan multas establecidas en la Ley 64 00 que van desde medio a 3 mil salarios mínimos dependiendo de los daños ocasionados, y la capacidad socioeconómica del infractor.

En el caso de las embarcaciones que ofrecen servicios en las costas, deben constar con un permiso de la Armada Dominicana, entidad que emite matricula y certificado de navegación y precisa las rutas para no entorpecer el libre espacio de los bañistas.

Ortiz especifica que la Ley 305-68 también establece una franja de 60 metros desde pleamar en la que prohíbe todo tipo de construcción. No obstante, existe una excepción vía el Poder Ejecutivo que puede autorizar a complejos hoteleros hacer un uso racional y armónico de esos 60 metros, sin privatizar el área y respetando el libre tránsito de las personas.

Esa ley de 1968 buscaba dejar espacio libre para la navegación, pero hoy es vital para el desarrollo turístico, la conservación de la biodiversidad y la recreación.

En el país existen unas 192 playas aptas para uso de bañistas en 17 provincias costeras.
Para la ocasión el Ministerio de Medio Ambiente desarrolló una jornada simultánea de limpieza de costas, balnearios y ríos.



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