La revocación de renuncia como solución en Alcaldía de La Vega

La revocación de renuncia como solución en Alcaldía de La Vega

La revocación de renuncia como solución en Alcaldía de La Vega

Teodoro Tejada

El presidente Luis Abinader, anunció el pasado 15 de agosto 2024, a través de su canal de WhatsApp, el nombramiento de Ing. Kelvin Cruz como el nuevo ministro de Deportes, el cual era el Alcalde del municipio de La Vega, hasta su juramentación.

La Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, en su artículo 64 definen claramente, la sustitución al producirse la vacante del alcalde o la alcaldesa por cualquiera de las causas, que producen la pérdida del mismo, se procederá a posesionar al vicesÍndico/a, quien prestara juramento ante el concejo municipal en sesión extraordinaria convocada al efecto.

No obstante, el 19 de agosto 2024, la vicealcaldesa Amparo Custodio, también anunció su renuncia, a la alcaldía.

Entendemos, fue un error de la vicealcaldesa, Amparo Custodio, debido al gran vació institucional generado, y la torpeza al manejo a esa renuncia, le han dado los dirigentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

El Comité Ejecutivo Municipal del (PRM), en La Vega anunció el 22 de agosto, la conformación de una terna de candidatos para elegir alcalde de ese municipio, integrada por Danny Holguín, presidente del PRM en La Vega; Esteban García, presidente del Concejo de Regidores del Ayuntamiento de La Vega, y el diputado Agustín Burgos.

El 18 de septiembre 2024, la Comisión Ejecutiva Nacional del PRM, escogió al diputado Agustín Burgos, para encabezar la terna que, enviarían al presidente Luis Abinader para que procediera a su designación. Claramente, un acto y una acción ultra petita, debido a que, el párrafo I, del artículo 64, de la ley 176-07, dice textualmente, lo que debe hacer. Citamos:

Párrafo I.- Si no hubiera vicesindico/a, el presidente/a del concejo municipal se dirigirá a Presidente de la Republica para que proceda a su designación conforme el procedimiento establecido en la Constitución de la Republica.

Esto, significa que, la cúpula de PRM, en La Vega y la comisión Ejecutiva Nacional, se equivocó.

En el almuerzo del Grupo de Comunicaciones Corripio, el 23 octubre 2024, José Ignacio Paliza, presidente del PRM y ministro de la presidencia, declaró “que no hay jurisprudencia que indique la forma de elección del nuevo alcalde del ayuntamiento de La Vega”. Lo que, se suma a las inobservancias vista anteriormente.

Paliza debe entender que, el artículo 64, numeral I, de la ley 176-07, y la Constitución de la República, articulo 128, numeral 2, liberal a), permite al presidente Luis Abinader, la designación del alcalde, tras las renuncias del alcalde y la vicealcaldesa.

Lo cierto, es que, hay problema de interpretación, dado a la contradicción de muchos juristas, entre estos, Milton Ray Guevara que, plantea la tesis de nuevas elecciones para elegir el alcalde y Olivo Rodríguez Huertas, afirma, no es necesario convocar elecciones para elegir un nuevo alcalde de La Vega.

La solución viable para resolver este conflicto jurídico, es que la Junta Central Electoral, solicite la revocación de su renuncia como alcaldesa del Municipio de La Vega, Amparo Custodio.