
La propina, concebida como un acto voluntario de reconocimiento al servicio, es un pago obligatorio desde el año 1992 en República Dominicana, por el cobro del 10 % en bares y restaurantes que, desde siempre, sin embargo, ha dejado la duda y el mal sabor sobre si realmente sus beneficiarios, empleados que ofrecen atenciones directas al cliente, lo reciben realmente o si la opacidad prevalece en el proceso.
Aunque la Ley 16-92, que creó el Código de Trabajo de República Dominicana, establece que ese 10 % debe ser repartido entre camareros, barténderes, cocineros y otros servidores, múltiples denuncias revelan que muchos propietarios retienen o manipulan esos fondos y que el trabajador queda atrapado entre la ilusión de un ingreso adicional y la realidad de un salario reducido e incompleto.
El artículo 228 de esa legislación establece que, en los hoteles, restaurantes, cafés, barras y en general, en los establecimientos comerciales donde se expende para su consumo en esos mismos lugares comidas o bebidas, es obligatorio para el empleador agregar un diez por ciento por concepto de propina en las cuentas de los clientes, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado sus servicios.
Ahora, el Congreso Nacional estudia elevar la propina obligatoria al 20 % y las preguntas no se hacen esperar: ¿Quién gana con esta medida? ¿El trabajador o el empresario, que sigue sin rendir cuentas? ¿Quién garantiza el cumplimiento? ¿Quién da fe para que exista una distribución equitativa? Sería interesante que los legisladores tuvieran las respuestas oportunas.
A juzgar por la posición de expertos en derecho laboral, la falta de mecanismos de fiscalización convierte esta propuesta en un riesgo de mayor concentración de beneficios en manos del empleador y menos justicia para los servidores, muchos de los cuales en la actualidad suelen percibir más ingresos por las propinas voluntarias que por el mismo salario que suelen percibir por el trabajo regulado.
La intención de incluir a los mensajeros y repartidores en el esquema del 10 % genera aún más inquietudes, ya que esos trabajadores, que dependen más de la generosidad directa del cliente que de sus propios empleadores, podrían ver reducidos sus ingresos si los consumidores asumen que ya están debidamente “cubiertos” por la ley.
Peor aún, algunos empleadores podrían usar esta propina como excusa para no pagarles un salario digno, ante lo cual estaríamos en presencia de un abuso en contra de los que menos pueden.
Y, a todo esto, como señala el exvicepresidente de la República (2004-2012), experto en derecho laboral, quien también fue secretario de Estado de Trabajo (1996-2000), Rafael Alburquerque, de aprobarse el pago del 10 % de propinas a los delíveris, los clientes y consumidores son los que tendrán que asumir el costo, lo cual infiere un fuerte golpe a los bolsillos de la gran mayoría de la población, ya que, según estudios, aproximadamente el 76.1 % de los dominicanos utiliza los servicios de un motorizado.
Como se puede apreciar, la mayoría de los dominicanos será reo del dicho popular que reza que “la sal cuesta más que el chivo”, toda vez que, para acceder a algún servicio o consumo a domicilio, deberá pagar en forma obligatoria un monto por “gratificación”, que le aumenta ostensiblemente el precio de lo adquirido en un establecimiento comercial del cual, tampoco, se tiene la certeza de que lo entregarán al transportista.
Un análisis comparativo, a partir de estudios y datos publicados, arroja que, al igual que en República Dominicana, en Costa Rica y Brasil, donde, incluso, es considerada parte del salario, se paga el 10 % de propina en forma obligatoria, pero ellos cuentan con herramientas y procesos transparentes para que ese mecanismo resulte efectivo a favor de los trabajadores.