SANTO DOMINGO.- Este viernes 19 se celebrarán elecciones para escoger a los nuevos miembros, y sus sustitutos, que conformarán el Consejo del Poder Judicial (CPJ) durante el periodo 2021-2026, tal como lo establece la Ley núm. 28-11, Orgánica del Consejo del Poder Judicial.
Mediante la Resolución 014-2020, que contiene el reglamento que regirá el proceso eleccionario de sus nuevos integrantes, el Comité Electoral dirigirá, organizará y fiscalizará las Asambleas de Pares para la elección de los jueces(zas) miembros del Consejo del Poder Judicial y sus sustitutos(as), supervisará el cumplimiento de este Reglamento, velará por la transparencia y ética del proceso, los derechos y deberes de los(as) candidatos(as) y electores.
El proceso se realizará en modalidad presencial en el Auditorio de la Suprema Corte de Justicia. No obstante, y de manera excepcional, las personas con alguna enfermedad y las mujeres embarazadas podrán remitir las debidas acreditaciones de su estado al secretario del Comité Electoral, a fin de ser agregadas a un listado de electores que ejercerán la votación de manera virtual, previa aprobación del Comité Electoral. Para esta modalidad, se utilizará una plataforma virtual que asegura la confidencialidad del voto.
El Comité Electoral es presidido por el magistrado Manuel Ramón Herrera Carbuccia, primer sustituto del presidente de la Suprema Corte de Justicia y miembro de la Tercera Sala, e integrado por la magistrada Yadira de Moya Kunhardt, en representación de los jueces y juezas de Cortes de Apelación, el magistrado Bayoan Arturo Rodríguez Portalatín, por los jueces y juezas de Primera Instancia y la magistrada Raquel Astacio Mercedes, por los jueces y juezas de Paz, acompañados por el director de la Escuela Nacional de la Judicatura, Dr. Dariel Suárez, quien funge como secretario.
El Consejo del Poder Judicial es el órgano constitucional de administración y disciplina del Poder Judicial de la República Dominicana.
Sus atribuciones generales son dirigir y administrar todos los aspectos de carácter presupuestario, financiero y de gestión administrativa del Poder Judicial, así como el Sistema de Carrera Judicial y la Carrera Administrativa Judicial, conforme establece la Constitución y la Ley núm. 28-11.
Como máximo órgano disciplinario del Poder Judicial, es el responsable de determinar el nivel de responsabilidad y de aplicar las sanciones correspondientes a los jueces, juezas y demás servidores(as) judiciales, por la comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones, con excepción de los(as) jueces y juezas de la Suprema Corte de Justicia.
El Consejo del Poder Judicial está integrado por 5 miembros: el presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien lo preside; un(a) juez(a) de la Suprema Corte de Justicia, un(a) juez(a) de Corte de Apelación, un(a) juez(a) de Primera Instancia y un(a) Juez(a) de Paz.