Jueces de la Corte de Apelación ratifican condena contra matador

Jueces de la Corte de Apelación ratifican condena contra matador hermano de periodista

Jueces de la Corte de Apelación ratifican condena contra matador hermano de periodista

Santo DomingoLos jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificaron la condena a siete años de prisión contra Adalberto Santana Ogando, quien en 1996 mató de una estocada en el corazón a Santo Tomás Santos Jaime, hermano del periodista Rafael Tomás Jaime, quien actuó como querellante en el juicio de fondo.

La sentencia también incluye una indemnización de tres millones de pesos (RD$3,000,000.00) para las tres hijas de la víctima, quienes en aquel entonces tenían 2, 4 y 6 años de edad.

Hechos del caso

El 1 de septiembre de 1996, durante una discusión en un colmado del barrio Los Guandules en el Distrito Nacional, Santana Ogando mató a Santos Jaime.

La condena inicial fue dictada el 2 de septiembre de 2003 por el juez Francisco Ortega Polanco, de la Primera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Incidentes legales y tácticas dilatorias

La defensa de Santana Ogando alegó que la pena había prescrito, en base al antiguo Código Procesal Penal y el período de transición establecido por el nuevo Código, argumentando que habían transcurrido 28 años desde el crimen.

Les invitamos a leer: Desde antibióticos hasta vitaminas fabricaba y falsificaba banda de La Guáyiga

Sin embargo, los magistrados Luis Omar Jiménez Rosa, Teófilo Andújar Sánchez y Delio Germán Figueroa rechazaron estos argumentos y otros incidentes planteados por la defensa.

El condenado había evitado cumplir su pena gracias a una suspensión de prisión firmada en 1996 por el entonces Fiscal General del Distrito Nacional, Guillermo Moreno, y por un recurso de apelación depositado en 2003.

En 2007, fue declarado en rebeldía por no asistir a más de 150 audiencias para el juicio de fondo. Recientemente, el pasado 24 de junio de 2024, se presentó ante la Corte para romper la rebeldía y retomar el proceso de apelación.

Otros delitos y detención

En el año 2002, mientras estaba en libertad, Santana Ogando fue arrestado por su participación en robos y asaltos a mano armada en La Caleta y Boca Chica. Fue condenado a tres años de prisión por estos delitos y permaneció en el penal de La Victoria hasta 2005, aunque nunca cumplió su pena por el homicidio de Santos Jaime.

Posición de los querellantes

El periodista Rafael Tomás Jaime y su abogado Cristian Guzmán, junto con el procurador general de la Corte de Apelación, José Manuel Aguiló Talavera, rechazaron las alegaciones de la defensa. Argumentaron que el caso no debía quedar impune y exigieron que se ratificara la condena de 2003 para que el acusado cumpla su pena.

Jurisprudencia y fundamentos legales

La Corte estableció que la táctica dilatoria de no presentarse a las audiencias evitó la conclusión del período transitorio para la prescripción del caso.

La sentencia, la número 502-2024-SSEN-00130, fue leída en audiencia el 10 de octubre de 2024 y se basó en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución de la República, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Código Penal Dominicano y el Código Procesal Penal.

Esta decisión sienta un precedente respecto a la extinción de penas en casos con tácticas dilatorias, reafirmando el compromiso de la justicia dominicana de evitar la impunidad.



El Día

Periódico independiente.