Santo Domingo.-El abogado Eduardo Jorge Prats declaró que todos los haitianos nacidos de padres ilegales en el país tienen derecho a la doble nacionalidad, la haitiana y la dominicana, derecho, que a su decir le concede el “jus soli”.
En ese sentido, rechazó la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en la que establece que los hijos de extranjeros ilegales nacidos en territorio dominicano no son dominicanos.
“Los haitianos nacidos aquí tienen derecho a la doble nacionalidad, por el “jus soli”, debido a que son de padres haitianos pero nacidos en territorio nacional dominicano.
Entrevistado en el programa Encuentro Extra con Cristhian Jiménez que se trasmite cada domingo de 7 a 8 de la mañana por el canal 9 de Color Visión, Jorge Prats sostuvo que la sentencia 168-13 emitida a propósito del recurso de amparo elevado por la ciudadana Juliana Deguis porque se le negó la expedición de su Cédula de Identidad y Electoral como dominicana, contraviene los preceptos de la Constitución del 2010.
“…Es una sentencia que no responde a lo que debe ser una interpretación constitucional constitucionalmente adecuada a la Constitución del 2010, que tiene constitucionalidad de cuáles son los principios para interpretarla a ella misma”, expresó el abogado, quien se encuentra entre los redactores de la referida Carga Magna.
Más adelante, señaló: “Nuestra Corte Constitucional ha dado una interpretación claramente desconocedora de que el nuevo régimen de la nacionalidad aplica para el futuro, no para el pasado”.
Dijo que el Estado dominicano es un Estado abierto al derecho internacional, y con la decisión del Tribunal Constitucional se cierra al derecho internacional.
Eduardo Jorge Prats dijo que de los 13 miembros que votaron señalada sentencia solo dos “salvaron la Patria” al votar en contra, las magistradas Katia Miguelina Jiménez Martínez y Ana Isabel Bonilla.