Junta Central Electoral somete proyecto de ley para regular candidaturas independientes
Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) presentó ante la Cámara de Diputados el esperado proyecto de ley que busca establecer un marco normativo para la postulación de candidaturas independientes en República Dominicana.
La iniciativa, titulada «Proyecto de Ley para Asociaciones Cívicas constituidas para la postulación de candidaturas independientes», fue aprobada por el Pleno de la JCE en su Sesión Administrativa Extraordinaria del 28 de marzo de 2025 (Acta No. 08-2025), con el voto disidente del miembro titular Rafael Armando Vallejo Santelises.
El presidente de la JCE, Román Jáquez, remitió el documento a la Cámara de Diputados acompañado de una carta dirigida a su presidente, Alfredo Pacheco.
En la misiva, Jáquez explicó que el proyecto surge tras un proceso de consultas con los partidos políticos, agrupaciones, movimientos reconocidos y ciudadanos interesados en la regulación de las candidaturas independientes.
«Por medio de la presente, en nombre del Pleno de la Junta Central Electoral y en ejercicio de la facultad de iniciativa legislativa que le otorga a este órgano el artículo 96, numeral 4 de la Constitución de la República, remitimos el proyecto de ley que regula las asociaciones cívicas destinadas a la postulación de candidaturas independientes», señala la carta de Jáquez.
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Puntos clave del proyecto de ley
El documento establece que la única vía para postular candidaturas independientes será a través de Asociaciones Cívicas (A.C.), cuya existencia estará limitada al proceso electoral correspondiente.
Estas asociaciones deberán cumplir con requisitos específicos de constitución y registro para su reconocimiento legal ante la JCE.
Entre las disposiciones más relevantes del proyecto, se incluyen:
Definición de las Asociaciones Cívicas (A.C.): Estas entidades serán creadas exclusivamente con fines electorales y deberán disolverse al concluir el proceso electoral para el cual fueron establecidas.
Requisitos de constitución: Las asociaciones deberán presentar un acta constitutiva con información sobre su objeto social, datos de los fundadores, reglas internas, estructura organizativa y domicilio.
Registro y obligaciones fiscales: Las asociaciones estarán obligadas a obtener un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y abrir una cuenta bancaria destinada exclusivamente a la administración de sus recursos.
Transparencia financiera: A pesar de no ser entidades lucrativas, las asociaciones cívicas deberán llevar una contabilidad adecuada y presentar declaraciones fiscales periódicas ante la JCE.
Limitaciones y regulaciones
El proyecto de ley prohíbe expresamente que estas asociaciones usen términos relacionados con partidos políticos en sus nombres.
Además, establece que una asociación solo podrá respaldar una candidatura independiente por cada nivel de elección y demarcación específica.
También se establecen disposiciones sobre el financiamiento de estas organizaciones y la obligación de rendir cuentas sobre los ingresos y egresos relativos a las actividades de los candidatos independientes.
Reacciones y contexto
El regular las candidaturas independientes surge tras la sentencia del Tribunal Constitucional que obliga a aceptar la matriculación de candidatos independientes en todos los niveles, tras un rechazo de candidatura de este tipo en el pasado proceso electoral.
Algunos sectores consideran que la regulación de las candidaturas independientes es obligatoria para impedir la competencia desleal con los partidos políticos mientras que otros advierten que el proceso para la constitución de asociaciones cívicas podría dificultar la participación de ciudadanos que deseen postularse sin el respaldo de partidos políticos.
El Congreso Nacional deberá evaluar el proyecto en las próximas semanas y decidir su aprobación o modificación. Será uno de los temas picantes para esta legislatura.
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