Santo Domingo.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó que evaluará y enviará al Consejo de Dirección una propuesta para revisar las tarifas de los servicios relacionados con la obtención de licencias de conducir.
Milton Morrison, director del Intrant, explicó que la restricción en la renovación de licencias por más de dos años para adultos mayores de 65 años se basa en lo estipulado en el artículo 21 del decreto 6-19, el cual establece el Reglamento de Licencias de Conducir.
Esta medida busca asegurar la seguridad vial, teniendo en cuenta los posibles cambios físicos y cognitivos que pueden ocurrir con la edad.
Ante las inquietudes sobre el cobro de una tarifa doble para la renovación de licencias de personas mayores de 65 años, Morrison aclaró que los costos son los mismos que para cualquier otro solicitante, dependiendo de la categoría de licencia solicitada.
La Ley
El artículo 208 de la Ley 63-17, establece que: “la licencia de conducir será expedida por un período de vigencia de 4 años y que vencerá el día del cumpleaños del titular”.
Sin embargo, a los envejecientes de 65 años en adelante solo se la están renovando por 2 años y por el mismo precio de mil 900 pesos que les cobran a los que renuevan por cuatro años.
Reacciones
Hoy la Federación Nacional de Trabajadores del Transporte Social Cristianos (FENATTRANSC) solicitó este viernes al presidente de la República, Luis Abinader, la revisión del decreto 6-19 sobre el Reglamento de Licencias de Conducir, alegando que este viola la Constitución.
Mario Díaz, Secretario General de FENATTRANSC, explicó que dicho decreto, firmado por el expresidente Danilo Medina, establece que las personas de 65 años de edad deben renovar la licencia cada dos años, cuando lo normal es cada cuatro.
«El decreto número 6-19 sobre el Reglamento de Licencias de Conducir, del 8 de enero de 2019, firmado por el Expresidente Danilo Medina, para que en lo adelante los plazos de vencimiento de las licencias de conducir tengan igual duración para todos los conductores, sin importar su edad, ya que la disposición establecida por la pasada administración en el referido decreto respecto a ese tema, violenta el artículo 39 de la Constitución de la República Dominicana, y atropella los derechos fundamentales de los conductores de una edad mayor a los 65 años, duplicando el costo del documento respecto a ellos debido a que cada dos años deben pagar lo que pagan cada cuatro años los ciudadanos menores a esa edad».