La pasada semana, la opinión pública reaccionó indignada por la sentencia en primera instancia del juicio por el asesinato de Émely Peguero. La pena de treinta años impuesta a su asesino corresponde a las expectativas que se había hecho la población, pero no así la de su madre, Marlin Martínez.
Ha sido esta última la que ha desatado la furia de muchos dominicanos: cinco años de prisión, en lugar de los veinte pedidos por el Ministerio Público.
Leído el fallo, e incluso antes, cientos de personas se volcaron a las redes sociales a manifestar su inconformidad y a acusar a los jueces de estar vendidos y de procurarle impunidad a la condenada.
Hasta cierto punto, la reacción es comprensible. Por mucho que la teoría legal haya querido negarlo, los procesos penales cumplen el propósito de brindar a la sociedad la oportunidad de hacer catarsis. Si la población renuncia a la venganza privada es porque confía en que el Estado sancionará efectivamente a quienes delinquen. El juicio y su publicidad permiten que la sociedad verifique que ha sido el caso, y son, por tanto, fuente importante de alivio y tranquilidad social.
Pero nada de lo anterior justifica la pretensión de que el juicio en cuestión fuera simple formalidad previa a una condena específica y garantizada. No puede ser ese el papel de los tribunales en una sociedad democrática. Un juicio en el que exista certeza absoluta e inevitable del resultado no cumple con el más elemental de los requisitos de un Estado de derecho democrático.
Las sentencias de los jueces pueden y deben ser analizadas y criticadas. De ahí que tengan ellos la obligación de motivarlas y publicarlas. Mas la pasión que genere un caso no puede sustituir a la ley, de la misma forma que leer por encima dos o tres artículos del Código Penal no remplaza nunca el conocimiento real de la materia ni el de los hechos..
La diferencia puede parecer difusa, pero es en realidad muy clara. Empieza por rechazar que el uso coloquial de las palabras sea igual al uso jurídico, y continúa por no procurar que los jueces presuman la culpabilidad de los procesados. Ambos criterios distinguen la crítica fundamentada de una sentencia de la que simplemente busca que los jueces sean meros ejecutores de la voluntad de quien critica.
Cuando la sentencia íntegra por el asesinato de Émely Peguero se haga pública, tendremos la oportunidad de constatar si los jueces tuvieron o no razón. Pero para que el sistema de justicia opere adecuadamente es importante que estas críticas respeten las reglas del Derecho.