Impuesto mínimo global y la evasión fiscal

Impuesto mínimo global y la evasión fiscal

Impuesto mínimo global y la evasión fiscal

Antonio Ciriaco Cruz

Tras la publicación del modelo de reglas de impuesto mínimo global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en diciembre de 2021, muchos países, particularmente desarrollados, han adoptado un impuesto mínimo global del 15 %.

Los esfuerzos de la OCDE para contrarrestar la evasión fiscal por parte de las multinacionales se remontan a 2013, cuando lanzó el proyecto “Erosión de la base imponible y traslado de beneficios (BEPS)” donde plantea el establecimiento de un impuesto mínimo del 15 % sobre los ingresos globales de las multinacionales.

Este impuesto mínimo global funciona de la siguiente manera, a saber: como la tasa impositiva efectiva de una empresa multinacional en cada país que opere se calcula dividiendo los impuestos aplicables por los ingresos globales. Cuando una empresa pague una tasa efectiva impositiva inferior al 15 % en cualquier país, estará sujeta a un impuesto complementario que compense la diferencia.

Este impuesto mínimo exime el 10 % de la nómina y el 8 % de los activos tangibles de sus ingresos globales cuando se implemente el impuesto. No obstante, la aplicación de este impuesto global no se ha generalizado, y muchas multinacionales están deslocalizadas en países que tiene bajas tasas impositivas.

En caso de generalizarse el proyecto BEPS, a muchas de estas multinacionales, que están en paraísos fiscales o países con muy baja tasas impositivas, se les aplicaría un “impuesto mínimo complementario”.

Por ejemplo, si una filial de una multinacional en Irlanda paga una tasa efectiva impositiva del 10 % y tiene ingresos de 1 millón de dólares, entonces Irlanda tendrá que aplicar un impuesto complementario de 50,000 dólares para que la filial pague el 15 %.

Aunque el caso dominicano no es el de Irlanda, ya que la tasa impositiva sobre la renta de personas jurídicas o corporaciones es de 25 %. Sin embargo, el tema de la evasión al impuesto sobre la renta de las personas jurídicas es sumamente alto en el país (61.89 %). La evasión fiscal debe estar en el “ojo de la cerradura” en una próxima reforma fiscal.