Importadores de vehículos usados rechazan versiones de ACOFAVE y AIRD
Los planteamientos de ACOFAVE y AIRD, respecto de que existe una exorbitante subvaluación en el pago de los impuestos de los vehículos usados importados por parte de los miembros de las asociaciones de importadores de vehículos usados, no corresponde a la verdad, ya que dichos impuestos son liquidados acorde a uno de los dos métodos principales de liquidación regulados por la Dirección General de Aduanas (DGA):
1) El Valor de Transacción o Método 1,
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2) La Tabla de Valor Referencial o Tabla de Depreciación por años establecida por la DGA.
El Valor de Transacción o Método 1, es aquel que se aplica acorde a lo que establece el sistema de valoración GATT incorporado en el año 1994, del cual la República Dominicana es signataria; basado en el precio real pagado de las mercancías importadas, lo cual debe ser demostrado por los importadores, y comprobados de manera fehaciente por los técnicos de la DGA en los puertos.
La Tabla de Valores Referenciales o Tabla de Depreciación por Año, establecida por la Dirección General de Aduanas, parte de los valores pagados y reportados de los vehículos nuevos importados por los miembros ACOFAVE. Basado en este método mencionado y para que exista una subvaluación en los impuestos pagados por las unidades de vehículos usados importados, debe existir necesariamente una subvaluación en el valor de los vehículos nuevos importados, cuyos miembros corresponden a ACOFAVE.
Es necesario aclarar que la DGA cuenta con técnicos especializados en la materia, los cuales velan por los intereses de su institución y por ende, de las debidas recaudaciones del Estado Dominicano.
La posición capciosa asumida por ACOFAVE, obedece a un interés particular de monopolizar a su favor el mercado de sector vehículos en el país, sin importar afectar a la gran mayoría del pueblo dominicano, quienes no tendrán la oportunidad de comprar un vehículo usado.
ASOCIVU Y ADECI, en representación de los miembros asociados, que se dedican a la importación y comercialización de vehículos usados, entienden que ACOFAVE debe aclarar la posición expresada, ya que pone en tela de juicio la labor encomiable que viene realizando la Dirección General de Aduanas (DGA), institución llamada a velar por la correcta aplicación de la ley, referente a los valores de impuestos a pagar por las mercancías importadas en el territorio nacional.
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