Herederos podrán retirar fondos de AFP sin pagar impuestos sucesorales

Herederos podrán retirar fondos de AFP sin pagar impuestos sucesorales

Herederos podrán retirar fondos de AFP sin pagar impuestos sucesorales

Cientos de familias esperan por retirar los fondos de pensiones de sus familiares fallecidos.

SANTO DOMINGO.- Los herederos podrán hacer retiro de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones que pertenecieron a sus seres queridos fallecidos sin tener que recurrir al pago de los impuestos sucesorales los cuales limitaban la búsqueda de los recursos.

Así lo dispone una iniciativa legislativa convertida en Ley por la Cámara de Diputados luego de ser declarada de urgencia y conocida en dos sesiones consecutivas.

Los legisladores coincidieron en señalar que los requisitos exigidos por las AFP son engorrosos y que provocan que en la mayoría de los casos los herederos desistan de buscar esos fondos.

Actualmente son exigidos a los herederos completar un formulario expedido por la AFP en cuestión, un extracto de acta de defunción legalizada, carta de trabajo donde se haga constar el tiempo y el horario de trabajo del fallecido además de una copia de cédula del fallecido.

También deben presentar el acta de nacimiento legalizada del cónyuge y de los hijos mayores de edad, acta de matrimonio legalizada y, en caso de unión libre, un acto
notarial y un acto de determinación de herederos.

El considerando de la iniciativa aprobada explica que estas razones antes citadas, han producido un estancamiento en lo referente a la tramitación de los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus beneficiarios, debido a la falta de información, el costo de los procedimientos que se deben realizar y “las trabas de las Administradoras de Fondos de Pensiones, que constituyen obstáculos que dificultan que los parientes de las personas fallecidas puedan acceder al dinero acumulado durante sus años de
cotización”.

La Ley exime del pago de impuesto los seguros de vida del causante, los legados hechos a los establecimientos públicos y a las instituciones de caridad, beneficencia o de utilidad pública reconocida por el Estado.

También, como ya dijimos, los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus herederos.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pachecho, dijo que después de un exhaustivo estudio, las bancadas desistieron de presentar informes.

La pieza es de autoría del Senador Alexis Victoria Yeb y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.